El nuevo Reglamento Europeo de Sucesiones revoluciona las #herencias transfronterizas al establecer que la legislación aplicable para el reparto de los bienes sea la del lugar de residencia del finado.
Los ciudadanos que residan en un país diferente al de su nacionalidad deben saber que, ahora más que nunca, planificar bien su sucesión puede ser una cuestión clave si no quieren que sus #herederos se encuentren con desagradables sorpresas.
La reciente reforma del Reglamento Europeo de Sucesiones ha modificado la normativa sobre esta materia de forma que ahora en España -y en toda Europa, excepto en Reino Unido, Irlanda y Dinamarca- el principal criterio para determinar la ley aplicable a las herencias deja de ser la nacionalidad del difunto, y lo será su residencia habitual. Es decir, que si un ciudadano español con residencia en Francia muere en el país galo, la ley que se aplicará a su sucesión será la de este último Estado y no la española, como sucedía hasta ahora.
Las consecuencias de este hecho pueden afectar de forma sustancial al reparto de bienes,…
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