No es necesario disponer de un abogado o procurador para iniciar un proceso monitorio, este nuevo instrumento que permite reclamar las deudas de manera más rápida y efectiva. Cualquier ciudadano puede iniciar el procedimiento sin que eso suponga un gasto a la hora de pagar los servicios de un abogado o un procurador (aunque se recomienda, pues a veces un procedimiento monitorio puede ser difícil de gestionar por un ciudadano sin conocimientos). Para eso cualquier demandante deberá acceder al modelo normalizado que ha publicado el Consejo General del Poder Judicial, una plantilla para la presentación de sus demandas. Pero antes de rellenar esta plantilla deberá tener en cuenta cual será el tribunal competente que podrá hacerse cargo de este proceso monitorio. Si iniciáramos nuestro procedimiento judicial ante un juzgado que no fuera competente para resolver el asunto, este juzgado se declararía incompetente y por tanto el procedimiento se retrasaría bastante, ya que deberíamos seguirlo en otro lugar, o comenzarlo de nuevo. Así pues, antes de iniciar cualquier reclamación de deudas hay que saber un poco de reglas sobre competencia.