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Empresario, ¿por qué necesitas un seguro para tu móvil? #CatSegurosInforma

SmartphoneSeguro

Con la evolución de los smartphones y por su impacto en el día a día laboral, surge la necesidad de tener el móvil bien asegurado contra posibles pérdidas o robos.

Durante el desarrollo de nuestra actividad empresarial hacemos numerosas inversiones para ayudar a mejorar nuestra capacidad de trabajo. Los teléfonos móviles son una de las inversiones que hacemos para asegurar que nuestro desempeño es mayor y mejor.

Hoy día, la mayoría de nosotros, por no decir todo el mundo, tenemos un teléfono móvil que por lo general nos ha costado una buena cantidad de dinero. Sin embargo, aquellos que no pueden permitirse estos teléfonos móviles de lujo están siempre buscando maneras de obtenerlos de forma gratuita. Por este motivo, las estadísticas de robo de móviles están aumentando considerablemente.

Los teléfonos móviles o Smartphones, nos dan la posibilidad de hacer mucho más que la mera conversación telefónica. Ahora podemos utilizar nuestro smartphone para hacer básicamente todo lo que podríamos hacer en un ordenador. Los dotamos de aplicaciones que nos facilitan muchísimas actividades que no podíamos hacer hace unos años si no estuviésemos en la oficina. Esto también implica que dotemos a nuestros teléfonos de muchísimos datos sensibles y que comprometen nuestra seguridad y la de nuestra empresa.

Por otro lado, la evolución de los smartphones, los avances técnicos y estéticos los están convirtiendo en un objeto deseado a la par que costoso, reduciendo su “consumo” a empresarios, ejecutivos y gente económicamente suficiente…

(Lee el Artículo completo aquí).

Con todos nuestros Seguros Generales (Hogar, Oficina, Despacho, Pyme, …) tiene la opción de contratar la mayor parte de coberturas necesarias para su «smartphone». Consulte el menú que tiene a la izquierda de la pantalla y seleccione el que mejor se ajuste a su negocio.


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Los coches de más de 20 años de antiguedad podrían tener los días contados en Barcelona #CatSegurosInforma

Barcelona estudia prohibir a los coches de más de 20 años circular en el área metropolitana a partir de 2018

RondasBCN

De prosperar la propuesta, los poseedores de vehículos de más de 20 años deberán buscar alternativas antes de 2018

La contaminación atmosférica es un problema cada día más preocupante para las grandes ciudades. En los ámbitos urbanos, el principal agente emisor son los vehículos, que con sus funcionamiento emiten grandes cantidades de gases y partículas sólidas que afectan negativamente la salud y la calidad de vida de sus habitantes. Dentro de este marco ya son muchas las ciudades de todo el mundo que están planteando medidas drásticas para afrontar este problema, y Barcelona no es una excepción.

La AMB (Àrea Motropolitana de Barcelona), organismo público que administra la conurbación urbana del mismo nombre formada por 36 municipios, ha anunciado que está estudiando la posibilidad de prohibir a partir del año 2018 la circulación de vehículos con una antigüedad mayor a 20 años dentro de su zona de influencia, que alberga actualmente a 3.240.000 habitantes. Con las cifras actuales del parque automovilístico, tal y como ha anunciado el vicepresidente de Movilidad y Transporte de la AMB Antoni Poveda en rueda de prensa, afectaría a solo el 4% de los vehículos que actualmente circulan en este ámbito geográfico. “Queremos colaborar y queremos plantear una lucha contra la contaminación atmosférica que viene derivado principalmente del vehículo privado”, ha añadido Poveda.

La propuesta establece las siguientes zonas en función de su sensibilidad a la contaminación:

  • Zona de bajas emisiones metropolitana (toda el área metropolitana)
  • Zona de bajas emisiones urbana (espacio dentro del rondas Litoral y de Dalt)
  • Zonas urbanas de atmósfera protegida o ZUAP (zonas especialmente sensibles como escuelas u hospitales)

Por el momento se sabe que la restricción para la primera, la zona de bajas emisiones metropolitana, será tal y como hemos comentado para cualquier vehículo diesel o gasolina con una antigüedad mayor a 20 años. No se conoce todavía, sin embargo, las limitaciones que se establecerán en los vehículos permitidos en los otros dos tipos de zonas.

Veremos si finalmente esta propuesta llega a implementarse y, en caso de que así sea, la administración deberá promover y facilitar alternativas para dar respuesta a las necesidades adicionales de movilidad que surgirán de esta prohibición, como son la red de transporte público o la potenciación de vehículos alternativos no contaminantes.

 

(Link completo aquí)

Aprende a influir en los demás

Como impulsar a los demás…

Manos

No hay deseo mayor que el anhelo de ser apreciado y reconocido por los demás. En vez de demeritarlos, resalta ante ellos sus cualidades y sus aciertos, con amor, y de seguro, no sólo los pondrás de tu parte, sino que harán mejor lo que les solicites y con la mayor diligencia posible.

Cada persona es importante en razón de su dignidad humana; por tanto, cada persona debe ser importante para ti. Responsabilízate de esta realidad y piensa que una palabra de estímulo de tu parte puede ser el punto de partida para que una persona se decida por su progreso y felicidad.
El principio más profundo del carácter humano es el anhelo de ser apreciado.
¡CÓMO TENER BUENAS RELACIONES HUMANAS!
Habla con las personas. No hay nada tan agradable y alentador como una palabra de saludo cordial, particularmente hoy en día que tanto necesitamos de gestos amables.
Sonríe a las personas. Recuerda que para mover la cabeza ponemos en acción 72 músculos, y que para sonreír nos basta con movilizar 14.
Llama a las personas por su nombre. Para casi todos, la música más suave es oír su propio nombre.
Sé amistoso y servicial. Si quieres tener amigos, sé amigo.
Sé cordial. Habla y actúa con toda sinceridad: todo lo que hagas hazlo con gusto.
Interésate sinceramente por los demás. Recuerda que sabes lo que sabes, pero no sabes lo que otros saben.
Sé generoso al elogiar y cauteloso al criticar. Los líderes elogian, saben animar, dar confianza y elevar a los otros.
Aprende a captar los sentimientos de los demás. Hay tres ángulos en toda controversia: el tuyo, el del otro y el del que sólo ve lo suyo con demasiada certeza.
Presta atención a la opinión de los otros. Tres son las actitudes de un auténtico líder: oír, aprender y saber elogiar.
Procura aportar los buenos servicios que puedes hacer: lo que realmente vale en nuestra vida es lo que hacemos por los demás.

(Link completo aquí).

¿Conoces la diferencias entre jubilación flexible y parcial? #CatSegurosInforma

Qué es la jubilación flexible y cómo permite volver a la vida laboral

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La jubilación flexible, la opción para trabajar y tener una pensión a la vez

 

Muchas personas desconocen que llegados a los 65 años pueden compatibilizar su #PensiónDeJubilación con un trabajo a tiempo parcial gracias a la #JubilaciónFlexible. De esta manera se amplían sus posibilidades de tener ingresos.

La #JubilaciónFlexible ofrece a quienes ya han llegado a la edad de dejar de trabajar, pero han encontrado una posibilidad laboral a tiempo parcial, de acceder a ese empleo sin tener que renunciar a su pensión. Eso sí, con condiciones económicas específicas.


La pensión de una #JubilaciónFlexible

El cálculo de la paga que recibirá una persona que opte por la #JubilaciónFlexible se deriva de la reducción que se realizará a su pensión en proporción a las horas trabajadas y, por lo tanto, remuneradas en su contrato.

Así, por ejemplo, un jubilado que  consiga un trabajo de 4 horas al día verá como su pensión se reduce en un 50%.

Hay que tener en cuenta que la Seguridad Social especifica que un jubilado que se acoja a esta modalidad deberá trabajar entre el 75% y el 50% de lo que sería la jornada laboral de su empresa.


Diferencias entre #JubilaciónFlexible y #JubilacionParcial

Muchas veces se confunde qué significan estos dos términos, por lo que merece la pena aclarar sus principales diferencias. De hecho, la más importante es que la #JubilacionParcial puede solicitarse antes de los 65 años, mientras que para acceder a una de flexible una persona ya debe estar oficialmente jubilada.

En otras palabras, la #JubilacionParcial es el recurso al que pueden acceder aquellos empleados mayores de 60 años que, por alguna razón, ven como su jornada laboral y sus ingresos se reducen. En estos casos, solicitar una fracción de su pensión puede ayudarles a mejorar su situación económica.

Por otra  parte, la #JubilaciónFlexible permite volver a cobrar la pensión íntegra cuando se acabe el trabajo a tiempo parcial que se realice y mantenerla, si el reajuste después de la nueva cotización no es favorable.

Nuevo proyecto de ley para accidentes de circulación

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EL BOE ha publicado recientemente un nuevo proyecto de ley para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de tráfico. Habrá que tener en cuenta la clasificación según si es daño personal o daño patrimonial. El primero hace referencia a los daños biológicos del accidentado, mientras que el patrimonial se refiere al sufrido económicamente. Si has sido víctima de un accidente de circulación te aconsejamos que leas el artículo de Aboga2.0 quienes resumen muy claramente los cambios en este proyecto de ley.

Descubriendo el nuevo baremo de lesiones. Análisis pormenorizado.

(Art. ® Abogado2.0)

A continuación detallamos los cambios más notorios que va a conllevar el nuevo baremo salvo posibles correcciones que se produzcan hasta su entrada en vigor.

1. Daño personal vs Daño patrimonial.

Como punto primordial que nos trae el nuevo baremo es la separación del daño personal del daño patrimonial. Se diferencia el daño biológico del sufrido económicamente, podemos diferenciar en:

  • Daño personal: Lesiones temporales y lesiones permanentes.
  • Daño patrimonial: lucro cesante y daños emergentes (presentes y futuros).

El daño personal sigue manteniendo el concepto biológico, midiéndose por días de incapacitación, secuelas permanentes, incapacidades y fallecimientos. Como peculiaridad, los días de incapacitación se valoran en función de la gravedad, cuantificándose de formas distintas (Muy graves, Graves y moderadas) y relacionadas a dos tipos de actividades humanas:

  • Actividades esenciales para la vida ordinaria.  
  • Actividades específicas de desarrollo personal.

Por contra, el daño patrimonial, regula detalladamente conceptos hasta ahora no contemplados y que no hacían justicia a la realidad social. Así:

LUCRO CESANTE

Se abole el factor corrector, se usara dos factores:

  • un multiplicando: ingresos netos del perjudicado.
  • un multiplicador: (Duración del perjuicio, riesgo de fallecimiento, aplicación de deducciones de pensiones públicas)

Se valora la pérdida de calidad de vida donde entra en juego una horquilla de solapamiento de factores como la edad, la actividad abolida y el grado del perjuicio causado; se aplican también coeficientes específicos para cada perjudicado. También se valora la pérdida de ingresos futuros.

DAÑOS EMERGENTES

Contempla otra novedad ya que se valorará los gastos de asistencia sanitaria presentes y futuros. El baremo vigente solo recoge la obligación de las aseguradoras de atender asistencia sanitaria de los lesionados hasta una fecha máxima de 2 años desde la fecha del siniestro. Esta idea está orientada para favorecer a los grandes lesionados, donde puedan requerir de tratamientos médicos en un futuro o incurrir en otro tipo de gastos, como pudiera ser compra de sillas, materiales de osteosíntesis, ayuda de terceras personas, adecuaciones de viviendas o vehículo entre otros y que podrán ser acordados en pagos únicos o a través de pagos a cuenta. Los gastos asistenciales futuros serán directamente abonados por las aseguradoras a los centros clínicos prestatarios de los tratamientos. Los gastos de prótesis y ortesis se abonarán a los perjudicados.

También se amplía el concepto de perjuicio presente y se considera resarcible los aumentos de costes de movilidad, los desplazamientos de familiares acompañantes o el cuidado de menores dependientes del lesionado. Al margen se van a aceptar como nuevo concepto exigible los costes de letrados, procuradores, peritos reconstructores, actuarios, etc… como gastos indemnizables.

2. Amas de casa.

A efectos indemnizables se les considera que tienen un Salario mínimo Interprofesional como fuente de ingresos. En caso de que se les reconociese unas secuelas por debajo de 3 puntos, se deberá indemnizar con una mensualidad del SMI. En caso de que las secuelas fueran más 3 puntos, a parte de la indemnización anterior, por cada día de curación les corresponderán 24,87 euros (SMI diario). A estas indemnizaciones se le podrían aumentar hasta un 10% en caso de que el ama de casa tuviera una persona dependiente a su cargo.

Estas indemnizaciones podrían combinarse con gastos de contratación de tercera persona para ayudar en las labores de casa.

3. Menores de 30 años y de 14 años.

Otro cambio que nos trae el nuevo baremo son las indemnizaciones a las personas menores de 30 años. Si no han tenido a acceso al mercado laboral, se les aplicará la tabla 2.7 que consiste en multiplicar 1.5 por el SMI más un 20% si demuestran que están acabando su formación en el momento del accidente.

En caso de que hayan accedido al mercado laboral, se les aplicara las tablas normales de indemnización. En los casos de menores de 14 años, las indemnizaciones serán totales y no se admitirán ningún porcentaje de coparticipación en el siniestro, se les indemnizara al 100%.

4. Nuevos perjudicados.

Se amplia el concepto de perjudicado, ya no solo es el lesionado o fallecido, sino el resto de familiares que sufren las consecuencias del accidente. En caso de fallecimiento, los nuevos perjudicados son:

  1. Cónyuge. siempre se considera como perjudicado.
  2. Ascendientes.
  3. Descendientes.
  4. Hermanos.
  5. Allegados: nietos dependientes de abuelos fallecidos en accidente, parejas de hecho o familiares de 2 º y 3º grado.

Se les concede el derecho de ser resarcidos por los perjuicios sufridos como por ejemplo aquí se incluye: gastos de desplazamientos, pérdidas de jornadas de trabajo, imposibilidad de una vida laboral por cuidado de víctimas, incluso gastos de tratamientos médicos o psicológicos necesarios como consecuencia de un siniestro.

5. Latigazos cervicales.

Nueva regulación a los latigazos cervicales, pasándose a denominar, Traumatismos menores de columna vertebral. Para que sean indemnizables debe cumplir con 4 criterios de causalidad:

  • Exclusión: que no se deba a otra causa.
  • Cronológico: acudir a urgencias en menos de 72 horas.
  • Topográfica: relación mecanismo de colisión con zona corporal lesionada.
  • A través de informes biomecánicos.

Para que sean reconocidas secuelas por estas lesiones, deben estar motivadas por un informe concluyente de un especialista.

6. Grandes lesionados.

Este tipo de lesionados van a tener que ser valorados por especialistas y estos últimos serán quien valoren los daños cerebrales, las posibles ayudas de terceras personas y las ayudas técnicas que pudieran necesitar los lesionados.

7. Rentas vitalicias.

Orientadas a las indemnizaciones para grandes lesionados o discapacitados, a lesionados menores de edad y a lesionados medulares. El Nuevo Baremo establece que se les reconozca la posibilidad a modo de complemento de las indemnizaciones iniciales rentas vitalicias en previsión de los posibles perjuicios o gastos que pudieran sobrevenir como consecuencia del siniestro causante.

Podrán ser acordadas por las partes o por el juez

En caso de que se produzcan en el futuro agravaciones de las secuelas, el lesionado tendrá derecho a una nueva indemnización o su sustitución en concepto de renta vitalicia. Sera nulo todo documento que el lesionado firme renunciando a la reclamación de agravaciones.

8. Obligaciones entre Aseguradoras y Lesionados (Artículo 37).

Se establecen deberes recíprocos entre ambas partes intervinientes:

  1. El lesionado debe dejarse ver y explorar por los servicios médicos de las aseguradoras.
  2. Las aseguradoras tienen la obligación de entregar a los lesionados los informes valoradores de su situación médica, incluyendo secuelas, lesiones temporales y consecuencias personales.
9. Muertes.

Mayor individualización en las indemnizaciones en función de la vida del fallecido. Introducción de nuevos perjudicados.

Se incluirán otros gastos indemnizables como aquellos no justificados por importe de hasta 400 euros y por otro lado el traslado del fallecido, repatriación, entierro, funeral y otros gastos.


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Aprende a reaccionar si conduces con nieve o niebla con estos #consejos

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Conducir en condiciones climáticas adversas incrementa aun más la peligrosidad de cualquier trayecto en coche. Por esta razón, es muy importante que seamos conscientes de lo que puede representar conducir con niebla o nieve y  que sepamos cómo reaccionar para mejorar nuestra seguridad.


Para conducir con niebla: reduce la velocidad y recuerda las luces

Un tramo de carretera con niebla espesa puede acabar provocando graves accidentes en cadena, si no aprendemos a mantener una distancia de seguridad adecuada con el resto de vehículos que circulan.

Hay que tener en cuenta que la niebla puede reducir nuestra visibilidad a tan sólo unos 20 metros, lo que hace prácticamente imposible que veamos ni el trazado de la carretera ni el resto de vehículos que circulan a nuestro alrededor. Asimismo, no podemos olvidar que la niebla proporciona un plus de humedad a la carretera, lo que aumenta las posibilidades de deslizamiento. En estas circunstancias, nuestro mejor aliado es reducir al máximo la velocidad del coche y usar las luces antiniebla.

La luz antiniebla delantera es necesaria en el caso de que la niebla reduzca de manera importante nuestra visibilidad al volante, mientras que la luz antiniebla trasera solo es necesaria en los casos en que la meteorología es especialmente mala.


En caso de nevada, prepara tu coche y controla tu conducción

Si estamos en carretera y empieza a nevar, lo primero que debemos pensar es en montar los neumáticos de invierno. De hecho, son recomendables en zonas donde la temperatura es inferior a los 7 grados. También  las cadenas pueden resultar indispensables en estos casos.

Además, es importante que adoptemos algunos consejos prácticos a la hora de conducir con nieve, que nos ayudarán a mejorar nuestra seguridad. Así, es imprescindible que procuremos tener el depósito de gasolina siempre lleno y que intentemos reaccionar de manera adecuada con el volante. Esto significa optar por una conducción suave, intentando mantener la trayectoria del vehículo y evitar derrapar a toda costa.

Igualmente, es necesario evitar las frenadas bruscas y las pérdidas de tracción, circulando en este caso con la marcha más larga y a pocas revoluciones. Si nos quedamos atascados en la nieve, la mejor manera de salir de esta situación es iniciar la marcha suavemente y siempre con la dirección recta.

Recuerda que para conducir con seguridad bajo condiciones climáticas adversas tan importante es saber cómo reaccionar como conductores como asegurarnos de que el estado de nuestro vehículo está en perfecto estado.

¿A quién le afecta los impuestos de donaciones?

Modelo 651, lo que has de saber para gestionar tus impuestos de donaciones

ImpuestoDonaciones

Los donativos, sean inmuebles u otro tipo, que recibe un donatario están sujetos a impuestos. El modelo 651 servirá para tramitar estos pagos.

Si recibes donativos (eres donatario) tienes que tener en cuenta que tendrás que declarar otro pago tributario, el impuesto de donaciones. Este impuesto afecta a aquellos que han adquirido bienes y derechos por donación o cualquier otro negocio jurídico a título gratuito intervivos. Los negocios gratuitos intervivos son, además de las donaciones, los:

  • La condonación de deuda, total o parcial, realizada con ánimo de liberalidad.
  • La renuncia de derechos a favor de una persona determinada.
  • La asunción liberatoria de deuda de otro sin contraprestación, salvo en el caso de donación con causa onerosa
  • El desistimiento o el allanamiento en juicio o arbitraje a favor de la otra parte, realizado con ánimo de liberalidad.
  • El contrato de seguro sobre la vida, para caso de sobrevivencia del asegurado y el contrato individual de seguro para caso de fallecimiento del asegurado que sea persona distinta del contratante, cuando en uno y otro caso el beneficiario sea persona distinta del contratante.

El impuesto de donaciones se tramita a través del Modelo 651 y es gestionado y recaudado en su totalidad por las comunidades autónomas. Entre otros aspectos, eso significa que las comunidades serán las beneficiarias de las cesiones sea en donaciones de inmuebles (si es el lugar donde se encuentra el inmueble en cuestión) o en otro tipo (donde se encuentra la residencia habitual del donatario)…

 

… artículo completo aquí.

¿Conoces las novedades fiscales que nos trae el 2016 en el Impuesto de la Renta?

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El nuevo año nos trae cambios tributarios, que debemos conocer para poder asegurarnos de la correcta tributación de nuestros impuestos. Además, las novedades fiscales más importantes de este 2016 afectan a la mayoría de contribuyentes.


En el Impuesto sobre la Renta

La rebaja de los tipos impositivos sobre la base del ahorro del Impuesto de la Renta es una de las principales novedades tributarias de este año. De hecho, se trata de una rebaja de medio punto aplicable tanto hasta 6.000, como entre 6.000 y 50.000 y para más de 50.000 euros.

Esta disminución de los tipos aplicables se debe a la puesta en práctica de la norma de julio del 2015, que adelantó la rebaja prevista para encajar con la reforma fiscal prevista y programada en dos etapas.

De todos modos, es importante que tengamos presente que la tributación de esta renta depende de la normativa estatal y también de la autonómica.


El régimen de módulos

Otra de las novedades importantes de la fiscalidad en el 2016 es el recorte de magnitudes aplicado a la tributación por régimen de módulos, que hará que muchos pequeños empresarios tengan que pasar a la modalidad de tributación por estimación directa. Además, las actividades económicas relacionadas con el sector de la construcción y la fabricación no podrán acogerse a la tributación por módulos.


La compensación de rentas

La compensación de saldos negativos en la renta del ahorro se sitúa en el 2016 en un 15%. Además, los socios de  las sociedades civiles con personalidad jurídica y objeto mercantil que tributaban hasta ahora en régimen de atribución de rentas pasarán a tributar el Impuesto sobre Sociedades, a menos que opten por una disolución con liquidación de la sociedad en los primeros meses del 2016.

Además, esta operación no tendrá ningún coste gracias a una normativa especial siempre que su extinción se realice por completo en los seis meses siguientes al acuerdo.


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#Hoponopono – Llave de sanación interior por medio del #Amor

Aquí os dejo este enlace a un audio en #Youtube de excelente ayuda para encontrar parte de ese equilibrio que, a veces (o muchas veces), buscamos en medio de este mundo en pleno tumulto de cambio.

Lo encontré en este otro enlace en Twitter:

No es importante que tengas una creencia religiosa: cuando lo escuches puedes reemplazar esa «Divinidad» que menciona por lo que ves al levantar la cabeza y mirar al cielo: en el día verás la luz, en la noche verás la grandeza del firmamento.

Todo ello permanece unido, a pesar de nuestras creencias.

(Texto escrito © por Luis NICOLÁS).

¿Tienes una protección eficaz contra los riesgos más comunes a los que está expuesta tu #familia y tu #hogar?

Familia-Hogar

¿Por qué con Nosotros?

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Daños a consecuencia de:

  • Incendio, explosión y humo.
  • Caída de rayo o corrientes anormales de la electricidad suministrada.
  • Actos de vandalismo o malintencionados.
  • Lluvia, viento, pedrisco o nieve.
  • Filtraciones de agua a través de tejados, azoteas y terrazas.
  • Choque o impacto de vehículos terrestres.
  • Rotura de tuberías e inundaciones.
  • Goteras provenientes de pisos contiguos o superiores.
  • Olvido de cierre de grifos.

Todo tipo de gastos derivados de siniestros

  • Localización y reparación de tuberías.
  • Extinción, salvamento de bienes, desescombro…
  • Reposición de documentos.
  • Restitución de la armonía estética.

Robo y expoliación

  • Mobiliario y ajuar.
  • Desperfectos en continente.
  • Objetos de valor, joyas fuera y dentro de caja fuerte.
  • Atraco fuera de la vivienda.
  • Dinero en efectivo.

Roturas

  • Cristales y espejos, sanitarios, encimeras y placas vitrocerámicas.

Responsabilidad Civil. Protección frente a todo tipo de reclamaciones de terceros que tengan su origen en:

  • La propia vivienda.
  • Cualquier miembro de la familia.
  • Animales domésticos que residan en la vivienda.

Responsabilidad Civil Patronal

Responsabilidad Medioambiental

Servicios de:

  • Asistencia Hogar.
  • Asistencia informática online.
  • Asistencia jurídica telefónica.
  • Orientación médica telefónica.
  • Orientación veterinaria telefónica.

Animales de Compañía

  • Gastos de asistencia veterinaria por causa accidental (atropellos, caídas…).
  • Robo o extravío.
  • Gastos de sacrificio e incineración del animal por vejez o enfermedad.
  • Gastos de transporte por tratamiento especializado.
  • Estancia en residencia para animales por hospitalización del propietario.
  • Responsabilidad civil.

Defensa del Contrato de Arrendamiento

Protección Integral del Arrendador

  • Impago de alquiler.
  • Actos vandálicos ocasionados por el inquilino.
  • Defensa jurídica de todos los aspectos relacionados con la vivienda y el contrato de alquiler.

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