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La #Justicia #Europea confirma que el #Seguro cubre fuera de #Carretera. #Leyes contradictorias en #España y #Europa.

  • El Tribunal entiende que la Directiva europea contradice la normativa española
  • La adaptación del vehículo al lugar de circulación no puede excluir su cobertura

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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) confirma que la cobertura del seguro obligatorio del vehículo cubre los daños producidos en la conducción por vías y terrenos «no aptos para la circulación», es decir, fuera de la carretera convencional. Salvo a «aquellos que, sin tener tal aptitud, sean no obstante de uso común».

El Tribunal de Justicia, en sentencia de 20 de diciembre de 2017, recuerda que, según se estableció en ocasiones anteriores, el concepto de «circulación de vehículos» que figura en la Directiva no se limita a las situaciones de circulación por la vía pública, sino que incluye cualquier utilización de un vehículo que sea conforme con su función habitual. Además, el Tribunal precisó en una sentencia reciente que, «en la medida en que los vehículos automóviles, independientemente de sus características, están destinados a un uso habitual como medios de transporte, está incluida en este concepto toda utilización de un vehículo como medio de transporte».

Apuntó, además, que «el alcance del mencionado concepto no depende de las características del terreno en el que se utilice el vehículo automóvil». Por otra parte, destaca también que «ninguna disposición de la Directiva limita el alcance de la obligación de seguro ni de la protección que esta obligación pretende conferir a las víctimas de accidentes causados por vehículos automóviles, a los casos de utilización de estos vehículos en determinados terrenos».

De este modo, según la Audiencia Provincial de Albacete, que derivó el caso al Tribunal europeo, la definición del concepto de «circulación de vehículos» contenida en el Reglamento del seguro obligatorio español, queda reservada a la conducción de un vehículo en terrenos «aptos» para la circulación o «de uso común», no es compatible con la Directiva 2009/103.

Por lo tanto, el TJUE, a efectos de determinar si el lugar de circulación puede constituir una razón para establecer una excepción a la obligación de seguro, subraya que «la normativa española supone que el alcance de la cobertura del seguro obligatorio dependa de las características del terreno en el que se use el vehículo automóvil» y por lo tanto «esto hace que resulte contraria a la Directiva», sentencia el Tribunal europeo.

El abogado general de la Unión Europea, Yves Bot, anticipó en sus conclusiones de 14 de junio de 2017, que «sería paradójico afirmar que el criterio de adaptación del vehículo al lugar de circulación puede dar lugar a una exclusión de la cobertura del seguro».

Además, coincidiendo con el caso del afectado en el ámbito militar, explicó que «un vehículo militar puede tener que circular en condiciones que no siempre estén adaptadas a sus características técnicas, o incluso es probable que ese sea el objetivo del adiestramiento de sus usuarios».


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Grabaciones de voz en la #LOPD: lo que es legal y lo que no #CatSegurosInforma #Legal

GrabacionesDeVoz

Cada vez se destapan más casos de acoso laboral gracias a la aceptación de grabaciones de voz como pruebas donde se demuestra el abuso verbal del acosador frente a su víctima. La gran parte de estos acosos son dados por jefes sobre sus empleados. La situación puede llegar a ser tan insoportable que al final el empleado no puede hacer otra cosa que grabar una conversación con su jefe, sin que, lógicamente, éste no lo sepa, y así demostrar el asedio de éste. Pero antes de eso, el acosado seguro que se preguntará si esto que hace es legal o no y si va a tener alguna validez en un juicio. Hay que tener en cuenta distintos artículos que hablan sobre la validez o no de las grabaciones de voz como pruebas. Por eso los expertos en protección de datos del Grupo Datcon, nos orientan para saber cuando una grabación de voz es considerada legal. ¡Consúltalos!


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Aspectos clave de la reclamación judicial de #Deudas #CatSegurosInforma #Legal

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La crisis económica hizo que, fruto de una reacción en cadena, varias empresas cerraran por no poder afrontar los impagos de sus clientes. Los supuestos fueron distintos, pero sorprenden dos aspectos:

A) La falta de reclamación de la deuda cuando el deudor tienen el domicilio en otro país de la Unión Europea.
B) La escasa utilización del sistema de recuperación del IVA en las facturas impagadas.

En ambos supuestos existen mecanismos que rebajan sensiblemente el impacto de los impagos en la contabilidad.

Respecto de la reclamación a un deudor en otro país de la Unión Europea, del trámite se informa en la web http://www.e-justice.europa.eu en la que se puede instar la reclamación judicial en línea. A su favor cuenta con la sencillez del trámite a través de formularios normalizados, con la funcionalidad de traducción automática al idioma del país de residencia del deudor, y la especialización que se ha producido algunos países, que ha simplificado y agilizado el trámite. Entre las debilidades del sistema están las distintas regulaciones estatales, que influyen en las denominadas competencia funcional (a qué tipo de Juzgado hay que remitir la reclamación) y competencia territorial (la población en la que radica el Juzgado), ambas no son uniformes y requieren un conocimiento previo para dirigir la reclamación al órgano competente; aunque se ofrece información en la web, no es fácil de comprender. Por otra parte según el Estado hay que abonar una tasa judicial previa a la tramitación de la reclamación, la información en este aspecto tiene que mejorar bastante, ya que sólo se ofrece en el idioma del país en el que se ha de pagar la tasa y con constantes referencias a la legislación autóctona que es recomendable revisar, puesto que a veces no está actualizada la referencia que se ofrece.

Una vez admitida la reclamación por el Juzgado, éste dirige una notificación al deudor, dándole un plazo para pagar o para manifestar por qué cree que no debe la cantidad que se le reclama, pudiendo ocurrir:

1. Que el deudor pague: el Juzgado ingresará el dinero en la cuenta que se haya indicado en el formulario.
2. Que el deudor no pague ni diga nada: el Juzgado dictará una “orden de ejecución europea” que servirá para reclamar la deuda ante cualquier país de la Unión en el que el deudor tenga bienes.
3. Que el deudor se oponga a la deuda: se finaliza el proceso y deberá reclamarse la deuda mediante un juicio, según el procedimiento propio del país del deudor.

En caso de que el deudor, una vez requerido de pago por el Juzgado, no pague se deberá instar una ejecución judicial contra sus bienes, que se tramitará conforme a la normativa y el procedimiento propio de cada sistema judicial, puesto que no se ha creado un sistema de ejecución europeo uniforme.

Respecto de la recuperación del IVA en las facturas impagadas, Hacienda ofrece información en su web, en Inicio ► Empresas y profesionales ►Empresarios individuales y profesionales ►IVA ►Requisitos para recuperar el IVA en el caso de créditos incobrables.

El IVA de las facturas impagadas no se recupera por devolución directa, sino que se hace mediante la emisión de facturas rectificativas que permiten compensar el IVA computado pero no ingresado.

1. En primer lugar hay que tener en cuenta el requisito temporal: las facturas rectificativas sólo pueden emitirse cuando hayan transcurrido 6 meses desde la emisión de la factura (un año cuando el volumen de las operaciones supera los 6.010.121.04 €).
2. El plazo para emitir la factura rectificativa es de tres meses, una vez transcurrido el período indicado en el apartado anterior (es decir 6+3 meses ó 12+3 meses).
3. Una vez emitida la factura, hay un plazo de un mes desde su emisión para comunicarlo a Hacienda.
4. Antes de emitir la factura rectificativa se deberá haber reclamado el impago judicial o notarialmente.
5. La factura rectificativa debe haberse notificado al deudor.

Pese a lo complicado del sistema, conviene tenerlo en cuenta valorando el IVA que se va a recuperar y los gastos que va a generar la reclamación judicial, que está gravada con una tasa judicial de 100,00 € y la correspondiente tasa judicial autonómica según la Comunidad Autónoma. Por otra parte, la reclamación judicial puede hacerse sin necesidad de abogado ni procurador mediante el impreso normalizado que se puede bajar de la web del CGPJ (www.poderjudicial.es): ►Servicios ►Atención ciudadana ►Modelos normalizados ►El proceso monitorio y teniendo en cuenta que debe presentarse ante el Juzgado del domicilio del deudor.


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Las ventajas de un #SeguroDeSaludColectivo #CatSegurosInforma

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Un #SeguroDeSalud colectivo para empresas es un seguro de salud negociado con las compañías de seguros donde se ponen encima de la mesa las necesidades de los trabajadores y de la propia empresa, de ahí la importancia de contar con un profesional independiente de la mediación que pueda estudiar las distintas compañías en el mercado y así poder dar con la solución mas ventajosa.

El #SeguroDeSalud colectivo puede ser cerrado o abierto, dependiendo de si la es la empresa o el trabajador el contratante y tomador de la póliza.

Las grandes ventajas de un seguro colectivo cerrado.

Para los trabajadores, precio más reducido, más poder adquisitivo con la retribución flexible, aumento de prestaciones, se valora al empleado, mayor planificación de las citas médicas, etc..

Para la empresa, se combate el absentismo por la gestión de la siniestralidad, deducción como gasto del #SeguroDeSalud , fidelización del empleado,  aumento de prestaciones laborales, atención personalizada tanto en siniestros como en renovaciones, etc.


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#SegurosDeVida: un 48% más caro con el banco que con la aseguradora. #CatSegurosInforma #Consejos #Noticias

ClasificacionPreciosSegurosDeVida

Contratar un seguro de vida puede costar hasta cuatro veces más según con qué compañía se haga. Por término medio, recurrir al banco para este tipo de pólizas supone pagar un 48,3% más que si se adquiere por medio de una aseguradora tradicional. Aviva y Caser son las compañías más baratas, mientras que Banco Sabadell, Mapfre y Banco Santander son las entidades más caras.

Todos estos datos se desprenden de un informe elaborado por Global Actuarial. Esta firma de consultoría ha visitado de incógnito las oficinas 12 entidades bancarias y 15 compañías de seguros para pedir precio al contratar un seguro que garantice un capital de 120.000 euros en caso de fallecimiento o invalidez permanente.

“Hemos tomado este nivel de capital porque es el importe más habitual de las hipotecas que se firman en España, de acuerdo con los datos del supervisor”, explica Isidre Martínez, autor del informe.

Un producto muy atractivo para los bancos

  • Margen de intereses. La caída de los tipos de interés y los reveses en los casos de cláusulas suelo han limitado los ingresos que tienen los bancos por prestar dinero a sus clientes.
  • Productos alternativos. Las entidades financieras han promovido la contratación de productos que generan comisiones recurrentes, como los seguros o los fondos de inversión.
  • Público cautivo. A los clientes que van a contratar una hipoteca se les exige que tengan un seguro de vida. Aunque en teoría pueden elegir el seguro con un tercero, en la inmensa mayoría de los casos contratan con la entidad financiera que les da la hipoteca.
  • Margen jugoso. En el caso de las personas jóvenes, el margen que se embolsa el banco al comercializar un seguro de vida puede superar el 30%, de acuerdo con fuentes del sector.
  • Seguros de hogar. Además del seguro de vida, también es frecuente que el banco trate de vender al cliente que contrata una hipoteca un costoso seguro de hogar. La legislación solo obliga a contratar el seguro de incendios más básico.

Partiendo de este capital asegurado, Global Actuarial ha pedido precios para diferentes perfiles de asegurado: de 30 años, de 40 años, de 45 años y de 50 años. Para todos los rangos de edades, los precios más atractivos los ofrecen siempre las compañías de seguro tradicionales.

La mayor diferencia aparece en el rango más joven de población. En caso de que contrataran esa póliza de vida en la oficina bancaria, los treintañeros pagarían de media 253 euros al año, mientras que si van a una aseguradora tendrían que desembolsar un 60% menos.

En el caso de las personas de 50 años las diferencias son algo menores: 1.089 euros si se va a al banco frente a 758 euros en la aseguradora, un 44% menos.

Dependencia de los bancos

La explicación para esta gran diferencia está en la dependencia que tienen los bancos de las comisiones que ingresan por su negocio asegurador. Con los bajos tipos de interés, las entidades bancarias han visto reducirse significativamente el dinero que cobran por financiar a sus clientes.

Para compensarlo han impulsado otras líneas de ingresos, como la venta de fondos de inversión, planes de pensiones y seguros. En muchas entidades estas comisiones llegan a representar ya más de un 30% de la cuenta de resultados.

La contratación de un seguro de vida de 120.000 cuesta, por término medio, 622 euros si se hace a través del banco, y 420 euros si se hace directamente con una aseguradora (un 48,3% más), de acuerdo con los datos de Global Actuarial.

La compañía más barata es Aviva, que ofrece este tipo de producto por 232 euros. Mientras, la más cara es Banco Sabadell, que cobra 813 euros.

Un público cautivo

“La clave es que el banco tiene a un público cautivo para los seguros de vida, los clientes que quieren contratar la hipoteca con ellos”, explica Borja López-Chicheri, gerente de la asociación de corredores de seguros Adecose. “En las oficinas, el cliente no tiene capacidad para negociar la contratación de la póliza de vida con otra compañía, y el banco acaba imponiendo su precio”, asegura.

La nueva ley hipotecaria que se está tramitando en el Congreso va a tratar de frenar estas prácticas. El texto, que ahora está siendo revisado por el Consejo de Estado, prohibe las operaciones vinculadas. Es decir, que los bancos no podrán condicionar la concesión del préstamo hipotecario a la contratación de otros productos como seguros de vida, de hogar o similares, como venía ocurriendo hasta ahora.

Si se aprueba el texto tal y como está redactado, los clientes tendrán libertad para adquirirlos con entidades ajenas al banco, que sin embargo sí podrá combinar varias ofertas. Es decir: operaciones vinculadas, no, pero combinadas, sí.

“Sabemos que al final el banco seguirá teniendo la sartén por el mango, pero queremos que compita en pie de igualdad y no imponga precios abusivos”, apunta López Chicheri.

La distorsión en el mercado que supone la comercialización de seguros junto con la hipoteca la resume perfectamente una anécdota que cuenta el consejero delegado de una de las grandes aseguradoras que opera en España. “Al contratar la hipoteca el banco te ofrece unos descuentos importantes en el tipo de interés aplicado, que compensan la prima que luego te aplican en el seguro de vida. En mi caso, tengo el seguro con una entidad financiero, y no con mi propia compañía, porque me acaba saliendo a cuenta”.

El auge de la comercialización de seguros de vida por parte de entidades bancarias ha hecho que estas controlen más del 70% de las primas.

Esta tendencia es la que ha provocado que VidaCaixa, la filial aseguradora del grupo CaixaBank, haya superado a Mapfre como mayor compañía española en cuanto al volumen de primas gestionadas. La entidad ha promovido el traspaso de muchos depósitos a seguros de vida-ahorro.


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La #Telepresencia y otros avances sobre la #TransformaciónDigital – #CatSeguroInforma

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Actualmente, el entorno de las empresas en el que se mueven, y sus mercados, es global. Y estos mercados globales implican una mayor deslocalización de los trabajadores en sus tareas, una importante movilidad de los mismos y un cambio en las formas de operar buscando una mayor eficiencia y mayor productividad. Los clientes, por su parte, exigen una mayor inmediatez en la toma de decisiones que les afectan en los servicios y productos que se les suministran. Todo ello hace que las empresas se estén preparando para adaptar las nuevas tecnologías a sus procesos productivos para ser más competitivos.

Es la #TransformaciónDigital con la que se consigue adaptar poco a poco un modelo de negocio “tradicional” a esos requerimientos de un cliente cada vez más exigente y tecnológico. Implica, también, un compromiso en la gestión interna de los propios empleados.

Esta Transformación Digital implica colaboración entre todos los niveles de las empresas y también entre proveedores y clientes de las mismas. Solo así se conseguirá esa mayor eficiencia y productividad que se busca. Pero esa colaboración debe ser “inmediata”. Y esta Transformación Digital no es una sola. Es un conjunto de tecnologías conectadas con un nexo común: cloud, movilidad, IoT (Internet de las Cosas), ciberseguridad, Machine learning, inteligencia artificial (IA),…

Cómo ayuda la #Telepresencia a las empresas

La #Telepresencia ha sido un paso importante en esa colaboración. Saber que puedo reunirme con un cliente que está a cientos o miles de kilómetros en cualquier momento sin hacer ese desplazamiento ha optimizado el tiempo en la toma de decisiones y reducido los gastos de desplazamientos en general.

Y ¿por qué circunscribirlo solamente al ámbito de una sala de reuniones y solamente al ámbito de “los despachos”? ¿El trabajo de las empresas sólo se desarrolla en las oficinas? ¿Qué ocurre con muchas empresas de construcción, de facilities y servicios auxiliares, de mantenimiento y supervisión, de reparaciones, en los que ese trabajo está fuera de las oficinas? En muchos sectores se necesita poner “ojos” donde antes era impensable poder hacerlo. Todo por el buen hacer de los trabajadores, porque su trabajo sea más eficiente, más productivo, con menores costes e, inmediato.

¿Por qué un cliente no puede ver una modificación que le está haciendo un proveedor en la producción de una pieza para su producto y dar el visto bueno en ese mismo momento ganando tiempo y dinero?

Ha llegado el momento de ampliar esa #Telepresencia y, como nos exige la #TransformaciónDigital, hacerla móvil y que todas estas empresas, grandes y PYMES, puedan beneficiarse de una ayuda en el lugar de trabajo, un lugar de trabajo cambiante jornada a jornada. Y se necesita un adelanto tecnológico que saque esa videoconferencia de la rigidez de una sala y se lleve al lugar donde está el problema. Con toda la organización de la empresa protagonizando esa ayuda y colaborando a resolver la situación y, por consiguiente, aumentando la calidad del trabajo y la satisfacción del cliente.

Jesús Chico, fundador de StreamGPS.


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El #MundoDelSeguro no es una excepción y, para ello, desde #CatSeguros queremos darte el apoyo necesario para ello.

¡¡¡ TE ESPERAMOS !!!


 

¿Cómo proteger nuestro #Negocio de un #Ciberataque? #CatSegurosInforma

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Iniciar un negocio cuesta bastante, desde reunir los recursos necesarios, dejando muchas veces a un lado el descanso que no se puede tomar por estar pendientes de las oportunidades, buscando opciones, organizando la contabilidad a través de sistemas especializados como miskuentas, e incluso pagando impuestos y los múltiples gastos que un emprendedor actual debe asumir.

Los ciberdelincuentes fijan su atención especialmente en los minoristas, y aquellos que no cuenten con la protección adecuada en sus sistemas de pago, podrían convertirse en víctimas de ataques que comprometerían seriamente sus datos y en consecuencia, sus finanzas.

Por lo anterior, queremos dar a conocer 5 formas de evitar que nuestra pequeña empresa o negocio sea víctima fácil de este tipo de ciberataques, siguiendo las recomendaciones de ESET Latinoamérica, una compañía especializada en seguridad informática.

1. Disponer de un lector de chip

Numerosas tiendas aún no cuentan con ‘Point-of-Sale‘ (PoS), que es el más reciente sistema capaz de leer las últimas tarjetas con chip (EMV).

Integrar este lector de chip no solo ofrece mayor protección contra compradores tramposos, sino que además refuerza el perfil de seguridad. Para timadores que apuntan hacia un comercio, no disponer de este dispositivo es una buena señal de su condición de “atacable”.

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2. Sacar mayor provecho de los equipos

El router de banda ancha es actualmente uno de los objetivos más frecuentes de ataque. Este aparato no solo interconecta los ordenadores, tabletas, móviles e impresoras; también cuenta con algunos atributos de ‘firewall‘ que puede ser utilizado, por ejemplo, para proteger a los dispositivos conectados de otro que pueda estar “infectado”.

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Los routers modernos suelen incorporar firewalls capaces de detectar distintas amenazas, sin que esto implique un gasto significativo.

3. ¿Y si el sistema fue comprometido?

La mayoría de comercios no cuentan con un plan de recuperación para enfrentar esta clase de problemas, o si lo tienen, casi siempre se encuentra desactualizado. Concretamente, se debe prestar atención al procedimiento a seguir luego de un robo de tarjetas de pago o de una eventual infección con algún ‘ransomware‘.

Dependiendo de las medidas básicas de seguridad que el comerciante tome, como una solución de backup actualizado, podrían reducirse las consecuencias. En caso contrario, el costo podría ser muy alto.

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4. Tener un asesor en tecnología y seguridad

Es fundamental que la pequeña empresa o negocio pueda contar con un consultor en materia de tecnología, y en especial de seguridad, que pueda instruir a otros miembros del equipo de trabajo sobre estos temas. Es un recurso humano ausente en muchos negocios

Como propietario, puede entenderse la necesidad de protección en múltiples áreas de la organización, pero el asesor de seguridad es quizás el único que puede tener un panorama más claro. Se requiere de igual perspectiva cuando a seguridad digital se refiere; alguien que perciba los riesgos y pueda indicar el procedimiento a seguir para una situación de vulnerabilidad especifica.

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5. Mantener equipos y sistemas actualizados

Cuando un negocio no mantiene actualizados sus dispositivos (ordenadores, servidores, routers, etc.) se expone constantemente a las diferentes y modernas formas de ciberataques. Lo recomendable es buscar la manera de automatizar la tarea mediante un software, firmware y hardware que pueda tener todo al día.

La seguridad es un tema muy cambiante, tanto a nivel físico como informático, por lo que es necesario que los negocios vayan a su ritmo.

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4 #Claves para elegir y contratar un buen #SeguroDeMoto. #CatSegurosInforma

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Cada día son más las personas que se inclinan por la compra de una moto. Sin duda, son varias las ventajas que ofrecen: evitan el tráfico, facilitan el aparcamiento, consumen menos combustible, entre muchas más. Según la Asociación de Fabricantes Europeos de Motocicletas (ACEM), solo en España las ventas de estos vehículos de dos ruedas registraron un crecimiento del 16,1% en 2016 comparadas con el año anterior.

Así entonces, el número de motos en circulación también va incrementando, por lo que no sobra recordar algunos aspectos que son fundamentales al momento de elegir y contratar un buen seguro de moto.

1. Seleccionar el tipo de seguro y coberturas apropiadas

El principal propósito de los seguros moto es el de amparar en caso de accidente o siniestro, por lo que es clave saber exactamente cuáles coberturas se contratarán y sus respectivos limites. No se trata de pretender tenerlas todas, sino de incluir las que realmente se necesiten, ya sea en función del uso que se le vaya a dar a la moto, la antigüedad del vehículo, su precio, así como del sitio de aparcamiento o la cantidad de kilómetros que se planeen recorrer.

2. Optar por la forma de pago más conveniente

Normalmente, la alternativa de pago más económica de un seguro suele en una única cuota. Sin embargo, casi todas las compañías de seguros brindan la posibilidad de dividir el pago en cuotas mensuales, trimestrales o semestrales. Eso sí, hay que contemplar que esas modalidades suelen generar algún recargo por parte de la aseguradora, y entre más se fraccionen los pagos, mayor podrá ser el recargo.

3. Revisar las condiciones de la aseguradora ante un siniestro

Leer cuidadosamente las condiciones de la aseguradora ante un siniestro es algo que no se puede dejar pasar. La posibilidad de escoger sin restricciones el taller donde se llevará la moto en caso de daño o accidente, el servicio de asistencia en viaje, saber si la póliza incorpora seguro de accidentes para el conductor y conocer los valores asegurados o las indemnizaciones, son algunas de las condiciones más relevantes que deben considerarse antes de dar el sí a una compañía.

4. Utilizar comparador de seguros de moto

Elegir y contratar un buen seguro de moto puede convertirse en algo demasiado complejo debido a la enorme oferta que existe en el mercado. Por esta razón, utilizar un comparador de seguros de moto como el de Pont Grup será de de gran ayuda para encontrar la mejor opción al mejor precio. Solo hay que proporcionar algunos datos para obtener las alternativas y así elegir el tipo se póliza que se desea contratar.

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En España hay 100 millones de #Dientes asegurados

ClientesDelSeguroDeSalud

Si la expresión “#SeguroDeSalud” te parece compleja o difícil de entender, vamos a tener un problema. Porque, la verdad, si hay un seguro que en su propio nombre ya dice de lo que va, ése es el #SeguroDeSalud. Por si queda alguna duda, te vamos a contar en qué consiste y, de regalo, te desvelamos algunas de las cifras más curiosas sobre él, como que en España hay 100 millones de dientes “asegurados” o que el 86% de los funcionarios eligen el seguro de salud privado antes que la sanidad pública.

No te falta razón para estar algo confuso con el seguro de salud porque, en realidad, este seguro se compone de dos grandes elementos. El primero de ellos es el que te permite acceder a un médico que atienda a tu salud. En el otro componente, normalmente llamado de Enfermedad, cubre aquellas situaciones derivadas de la salud por las cuales debes dejar de trabajar, de producir y de ganar dinero. El seguro de Enfermedad, por lo tanto, te indemniza por los días que no puedes trabajar a causa de una enfermedad. Es un seguro muy típico de profesionales autónomos.

El seguro de enfermedad te indemniza los días que no puedes trabajar por estar enfermo

El seguro de salud más común, el del cuadro médico, es desde luego el más importante: acumula el 98% de las prestaciones de todo el seguro de salud. Ya dentro de este pequeño universo, distinguimos varias tipologías. La primera es el seguro libre individual, esto es el que se compra cada persona para sí o para toda su familia; el seguro que compras individualmente puede ser con cuadro médico cerrado (sólo puedes ir a los servicios que el asegurador te marca) o de reembolso (vas al médico que elijas, le pagas, y el asegurador te devuelve todo o parte de la factura).

 

El 86% de los funcionarios, eligen tener seguro de salud

La segunda es el seguro colectivo de las Administraciones Públicas, pues los funcionarios de la Administración Central del Estado tienen unas mutualidades a través de las cuales pueden elegir si quieren que su cobertura sanitaria se la provea la sanidad pública o un seguro privado. Estos funcionarios son los únicos españoles que pueden elegir a qué sanidad ir, y en un 86% se deciden, ejem, por el seguro privado.

Más allá, encontramos el seguro colectivo de empresas privadas, que normalmente es el fruto entre empresa y trabajadores tras el cual la compañía acuerda pagar la prima de un seguro colectivo de salud a sus empleados. Aún nos quedaría el seguro específicamente dental, que como su propio nombre indica cuida de que, si eres un bocazas, al menos tengas la dentadura en perfecto estado de revista. De seguro dental hay unos 4 millones de asegurados, que contando (estimación conservadora) a una media de 25 dientes por boca, salen unos 100 millones de dientes asegurados.

11 millones de personas tienen seguro de salud en España

Entre todas estas modalidades más la de indemnización por enfermedad (salvo el seguro dental, que lo contamos aparte para que no muerda), en España se juntan 11 millones de almas (y sobre todo cuerpos) aseguradas. Personas que reciben prestaciones por valor de 5.600 millones de euros. Y si estás pensando en que el seguro de salud sólo cura resfriados, habrás de saber que 1 de cada tres euros pagados en prestaciones por el seguro español de salud, se pagan a asegurados que en todo el año generan un gasto superior a 4.000 euros al año o, si lo prefieres, 333 euros al mes. Con 4.000 euros da para un poco más que curar un resfriado.


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#SeguroDeHogar: ¿qué #Siniestros no cubre?

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Las viviendas son una de las posesiones más valiosas que tenemos, por lo que un seguro de hogar es la única forma de asegurarnos nuestra tranquilidad. En España, el 62% de las viviendas ya están aseguradas

El seguro de hogar, a pesar de que en España no es obligatorio, es una garantía que permite estar preparado ante imprevistos que puedan ocurrir en las casas como inundaciones, incendios o robos.

Sin embargo, a pesar de que el seguro de hogar garantiza la mayoría de los siniestros, existen ciertos casos en los que la póliza no otorga cobertura, y hay que tenerlo en cuenta a la hora de contratarla, ya que ni las denominadas de “gama alta” ofrecen cobertura en determinados casos, por ejemplo:

∙       Daños por agua: si la vivienda ha permanecido deshabitada un tiempo prolongado, que puede variar en función de la compañía aseguradora, no quedarán cubiertos los siniestros ocasionados por la omisión del cierre de llaves de paso.

∙       Robo de dinero metálico y joyas: en el caso de que la vivienda permanezca un tiempo deshabitada, que puede variar en función de cada entidad, el seguro de hogar no cubre el robo de estos bienes en estos casos. La única excepción es que el dinero o las joyas se encuentren en una caja fuerte, algo que casi nunca sucede ya que se estima que en España las casas que cuentan con una no llegan ni al 10%.

∙       Daños por humo: aunque en algunas compañías de seguros de hogar sí se tiene en cuenta este aspecto, en otras se excluyen los daños que se produzcan por humo en locales o instalaciones distintos a los bienes asegurados. Es decir, si se produce una concentración de humo en el hogar procedente de otra vivienda, el asegurado tendrá que asumir los gastos de la limpieza, pintura, etc.

Estos son algunos casos que hay que tener en cuenta a la hora de escoger un seguro de hogar que hay en el mercado, y es recomendable escoger una póliza que proporcione una cobertura lo más amplia posible para evitar sorpresas.


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