La LEY NUEVA se aplica SIEMPRE excepto para los casos recogidos en la DT 4.5 de la LGSS que resumidamente requiere haber cesado en trabajo involuntariamente antes del 01/04/2013 y solicitar la jubilación antes del 01/01/2019 teniendo ya, al menos, 61 años de edad.
La edad de JUBILACIÓN ORDINARIA, dado que hay un periodo transitorio de aplicación de la Ley, depende del mes y año de nacimiento y de los años cotizados cuando se cumplan 65 años. Esta edad ordinaria de jubilación varía entre los 65 y los 67 años.
Ejemplo: Si se nació, por ejemplo, en Julio de 1952 y en Julio de 2017 (cuando se cumplen los 65 años) no se tiene cotizada la carrera completa (que en 2017 es de 36 años y 3 meses) la edad ordinaria de jubilación es de 65 y 5 meses y por lo tanto esa edad ordinaria se cumple en diciembre de 2017. Pero si se nació en Agosto de 1952 y en Agosto de 2017 no se tienen cotizados los 36 años y 3 meses de la carrera completa la edad ordinaria sería EN PRINCIPIO también los 65 años y 5 meses PERO esta edad se cumplirá en ENERO de 2018 y por lo tanto (al estar ya en 2018) la edad ordinaria sería a los 65 años y 6 meses
Jubilación Anticipada Involuntaria (JAI) #Jai
Se puede adelantar la jubilación hasta 4 AÑOS desde la edad ordinaria si se cumplen TODOS los requisitos:
La CAUSA del despido es por el artículo 51 (ERE) o artículo 52 c) (despido objetivo por causas económicas, …) del ET. (Hay otras 4 causas menos frecuentes, ver Artículo 207 del TRLGSS).
Se debe documentar el cobro por transferencia bancaria de la INDEMNIZACIÓN de ese despido.
Tener al menos 33 años cotizados en el momento de la solicitud (carencia especial).
Estar como DEMANDANTE DE EMPLEO ININTERRUMPIDAMENTE los 6 meses anteriores a la solicitud.
Estar en situación de ASIMILADA AL ALTA (SAA), es decir estar ININTERRUMPIDAMENTE como demandante de empleo desde el despido o tener suscrito un Convenio Especial con la Seguridad Social.
PRECISIÓN: Si se tienen ya cotizados 33 años en el momento del despido (contando si es necesario los periodos de prestación y/o subsidio de desempleo y CE generados por ese despido) se puede volver a trabajar sin perder el derecho a acceder a esta modalidad de jubilación. (OJO: esto es un criterio de la SS, pero NO está en la Ley y podría modificarse).
Jubilación Anticipada Voluntaria (JAV) #Jav
Se puede adelantar la jubilación hasta 2 años desde la edad ordinaria si se cumplen TODOS los requisitos:
Se tienen al menos 35 años cotizados en el momento de la solicitud (carencia especial).
El importe de la pensión debe ser superior a la PENSIÓN MÍNIMA a los 65 años (que depende de la situación familiar del solicitante).
Se está en situación de ALTA (trabajando) o ASIMILADA AL ALTA pero NO en situación de BAJA.
OJO: En esta modalidad NO se aplica el COMPLEMENTO DE MATERNIDAD con 2 o más hijos.
NOTAS:
A) Para TODAS las jubilaciones hay que tener como mínimo 15 años cotizados (carencia general) y 2 años cotizados al menos en los 15 años antes de la jubilación (carencia específica)
B) BONIFICACIONES para el cumplimiento de los periodos cotizados (“carencias”):
Parto (sólo aplicable a las madres): 112 días por cada parto.
Por cuidados de hijos: 2018: 243 días; a partir 2019: 270 días. Computa para el cálculo de la cuantía de la pensión, pero NO para el cumplimiento de las carencias.
Excedencia por cuidados. Hijos: 3 años; Familiares: 1 año
Estas bonificaciones se aplican si hay interrupción de cotizaciones, es decir, NO SE SUPERPONEN a las cotizaciones reales en los periodos marcados
C) SÓLO para las jubilaciones ANTICIPADAS se pueden contar como máximo 1 año del Servicio Militar Obligatorio (SMO) para cumplir la carencias especiales (33 ó 35 años)
D) SÓLO para jubilaciones ANTICIPADAS (cotizaciones ficticias “a la sombra”). Exclusivamente para determinar la edad ordinaria de jubilación: desde la fecha que se solicita la jubilación se considera como cotizado el periodo comprendido entre dicha fecha de la solicitud y la edad ordinaria de jubilación que hubiera correspondido. Esto equivale a que se aumenten “ficticiamente”, como máximo 4 años para la JAI y 2 años para la JAV, los años realmente cotizados para el cumplimiento de la Carrera Completa de Cotización (CCC) reduciéndose así la edad ordinaria de jubilación y, en consecuencia, la edad de la jubilación anticipada.
E) Si se han tenido trabajos a TIEMPO PARCIAL, TODAS las carencias se pueden reducir aplicando el Coeficiente Global de Parcialidad (CGP), que es el cociente entre la suma de los días reales cotizados (es decir, los días naturales afectados cada uno por su parcialidad concreta en cada periodo) y los días naturales totales trabajados.
F) Las lagunas de cotización son los periodos no cotizados que quedan comprendidos en el intervalo de meses a partir de los cuales se determina la Base Reguladora. Si la jubilación es por Régimen General, las primeras 48 mensualidades se integran con la base mínima de cada momento, y el resto de mensualidades con el 50% de dicha base mínima. En el caso del RETA las lagunas NO se integrarán.
A principios de año, el Gobierno del ya expresidente Mariano Rajoy aprobó una subida de las pensiones del 0,25%. El aumento, umbral mínimo recogido en Índice de Revalorización de las Pensiones –norma que aprobó el PP en 2013– causó gran rechazo entre la población pensionista, que organizó numerosas manifestaciones a lo largo del país. Solo en abril, y con la necesidad de aprobar los Presupuestos Generales, el Gobierno cedió y aprobó en las partidas subidas graduales de hasta el 3%, con la aparente intención de paliar los raquíticos aumentos de los últimos años. Con la aplicación integra de estos presupuestos todavía en el aire, la política sobre pensiones del anterior ejecutivo ya comienza a causar estragos: el riesgo de pobreza y exclusión – la tasa AROPE– de los mayores de 65 años aumentó dos puntos en 2017, según datos reciente de la Encuesta de Condiciones de Vida del INE.
Este crecimiento es aún más preocupante cuando se comprueba que el comportamiento de los ratios es contrario al del resto de la población. Tras alcanzar un escandaloso 26,2% en 2008, la tasa AROPE, un indicador europeo que incluye las rentas pero también otras variables como la privación material, fue disminuyendo entre los mayores de 65 años hasta situarse en el 12,9% en 2014. Desde entonces no ha parado de aumentar, con la mayor subida concentrada en el último registro: de un 14,4% de los mayores en riesgo de pobreza y exclusión se ha pasado al 16,4% durante el último año.
Este grupo de población, el de los más mayores, es además el único donde empeoraron los ratios relativos a la pobreza y la privación material.
Si se tienen en cuenta solo las rentas –esto es, el riesgo de pobreza– también se observan cambios importantes en los últimos años: hace una década, el 25,5% de los mayores de 65 años estaba en riesgo de pobreza y exclusión. La tasa bajó hasta el 11,4% en 2014 –en parte por el descenso acelerado del umbral de pobreza y la congelación de los ingresos de los mayores–, pero desde entonces no ha parado de subir, hasta situarse en el 14,8%. De nuevo, y como ocurría con el indicador AROPE, la tasa de pobreza ha bajado en todos los grupos de población durante el último año excepto entre los mayores de 65 años.
Los datos de la ECV del INE también apuntan que este aumento en las tasas de los mayores tiene un componente de género muy importante: la tasa AROPE aumentó 0,7% entre los hombres mayores de 65 años, mientras que entre las mujeres fue de casi tres puntos. Esto se debe, en parte, a que las mujeres pensionistas cobran aproximadamente un 34% menos que sus homólogos masculinos.
Esta subida de las tasas de pobreza y exclusión de los más mayores encuentra explicación en otros datos que ofrece la Encuesta de Condiciones de Vida del instituto estadístico. Por una lado, la renta media de las personas mayores de 65 años es la que menos creció en 2017: apenas 112 euros, frente a los 504 de las personas de entre 30 y 44 años o los 442 euros de los menores de 29 años. Entre 2015 y 2016, los mayores de 65 años fueron el segundo grupo donde menos creció la renta.
Al mismo tiempo que ha aumentado lentamente la renta de las personas mayores, también lo ha hecho el umbral de pobreza. Este indicador se establece calculando el 60% de la mediana de ingresos de la población. Entre 2016 y 2017, este umbral pasó de 8.209 euros a 8.522. Un aumento del 3,8%, más de 300 euros. Con los ingresos de los mayores creciendo más despacio que el umbral de pobreza, es más probable que personas de este grupo de población se sitúen por debajo, y por lo tanto entren en riesgo de pobreza.
Otro de los factores que afecta al incremento del riesgo de pobreza y exclusión entre los más mayores es la desigualdad que se produce dentro del propio grupo de población. A fin de cuentas, el grupo de más de 65 años sigue siendo uno de los conjuntos de población con renta más alta. Pese a que en los últimos años la distinta revalorización de los tramos ha llevado a una mejor redistribución, todavía existe un importante núcleo –cerca del 60%– de pensionistas que cobran menos de 1.000 euros. En el otro extremo, cerca de un millón de jubilados supera los 2.000 euros en su prestación. A finales de 2007 la OCDE ya advirtió del peligro que supone la inequidad que ocurre en etapas laborales y que se reproduce una vez se alcanza la jubilación.
13 de junio – El número de jóvenes de entre 18 y 24 años que ha conseguido alquilar una vivienda en lo que va de año se ha reducido un 58% respecto a 2017 y un 25% en el caso de los que tienen entre 25 y 34 años, según se desprende del estudio ‘Radiografía del mercado de la vivienda’ realizado por fotocasa.
La directora de estudios del portal inmobiliario, Beatriz Toribio, cree que los jóvenes están “atrapados”, porque no pueden comprar debido a su “inestabilidad laboral, bajos sueldos, falta de ahorro e incapacidad de acceder a la financiación necesaria para ello”.
“Le es inviable hacer frente a las subidas históricas de los alquileres que en los últimos cuatro años se han encarecido un 34% en Cataluña y un 33% en Madrid“, ha resaltado Toribio, tras afirmar que se están expulsando a los jóvenes del mercado, “pese a que por su momento personal y profesional deberían ser demandantes de vivienda, ya sea en uno u otro mercado”.
En el último año, los jóvenes han pasado a tener menos participación en el mercado inmobiliario. De hecho, los que tienen entre 18 y 24 años han reducido su intervención en un 24%. Así, mientras que un 38% de los jóvenes manifestaban estar activos en el mercado de la vivienda en 2017, en 2018 esta cifra ha caído hasta el 29%.
“Este dato se relaciona con lo que está pasando a nivel general en el mercado de la vivienda este año, ya que hay menos particulares participando”, según recuerda fotocasa, que también apunta que a nivel general la población particular ha pasado de participar en un 28% a un 23% este año.
El portal inmobiliario también ha asegurado que el descenso en la participación en el mercado de la vivienda viene dado por el descenso entre los que buscan y alquilan una vivienda.
No obstante, del informe se desprende también que en detrimento del alquiler, la compra de vivienda por parte de los jóvenes entre 25 y 34 años se ha incrementado en el último año.
Así, mientras en 2017 solo un 6% de este segmento logró comprar una vivienda, en lo que va de año el porcentaje se ha incrementado hasta el 9% y se ha situado como el segmento de edad que más ha aumentado la compra de vivienda respecto al año pasado.
Otros datos relevantes del informe, es que los jóvenes que tienen entre 18 y 24 años “apenas compran ni alquilan una vivienda”. De hecho, en los seis primeros meses del año la demanda de vivienda en este segmento ha caído de forma drástica.
Sin embargo, la intención de compra de los jóvenes, situada en el 18%, está por encima de la media española. Preguntados por qué no compran una vivienda actualmente, el 60% asegura que la situación económica y laboral no le permite adquirir una vivienda.
El 40% restante, por su parte, afirma que “no tiene suficiente dinero ahorrado”. Por otro lado, un 30% confiesa que tiene otras prioridades o gastos en estos momentos y un 20% apunta que los precios de compra “no encajan” con su presupuesto.
CREEN QUE COMPENSA MÁS UNA HIPOTECA
Casi un 60% de los jóvenes entre 25 y 34 años considera que compensa más pagar una hipoteca que un alquiler, mientras que esta afirmación solo la creen un 48% de los que tienen entre 18 y 24 años. Por otro lado, tan solo un 12% de los jóvenes rechaza la idea de que actualmente compense más pagar una hipoteca que un alquiler.
En esta línea, Toribio ha afirmado que llama la intención que la opción de compra frente al alquiler gana con más fuerza entre los jóvenes que en el resto de la población, pero “hay que tener en cuenta que este es el segmento más afectado por las abultadas subidas del precio del alquiler”.
Asimismo, del informe también se desprende que los jóvenes “ya no están tan convencidos de que la tendencia sea la de alquilar más y comprar menos”, ya que el porcentaje de los que lo creían ha pasado del 53% al 46%.
En #HomelessEntreprepreneur (#HE) han iniciado un nuevo proyecto para recaudar fondos
El proyecto consiste en la promoción de sesiones de fotos llevadas a cabo por personas de nuestro programa, en este caso fotógrafos, y tiene como finalidad la difusión de nuestro trabajo, la recaudación de fondos para seguir creciendo, y ofrecer más posibilidades de éxito a las personas sin hogar que quieran contar su historia y volver a ser ciudadanos activos.
SESIONES DE FOTOS EN DIFERENTES CONTEXTOS
Estas fotos están pensadas para abarcar a todos los profesionales que tengan interés en conocer nuestra labor y colaborar con #HomelessEntrepreneur. Es una forma en la que todas las partes obtienen algo.
Por un lado, los/as participantes tienen una sesión de fotos enfocada a su contexto profesional y, por el otro, las personas que participan en el programa tienen una forma de seguir desarrollándose profesionalmente, y de obtener ingresos. Finalmente #HomelessEntrepreneur abre otra vía de ingresos para seguir impulsando programas para otros candidatos (las ganancias se reparten a partes iguales entre la organización y el/la fotógrafo/a).
#HOMELESSENTREPRENEUR & #SmartCities
En esta ocasión, gracias al Renato de Castro, experto en Smart Cities y uno de nuestros colaboradores, hemos contado con la colaboración de Daniel Marco, Director de #SmartCatalonia, y con Alberto García, director comercial de de Sinapse Energía. Todos ellos son profesionales que trabajan en el contexto de las Smart Cities y han querido tener una sesión de fotos de acuerdo con su área profesional…
La crisis financiera ha sacado lo peor del sector financiero español. El #ParlamentoEuropeo dará a conocer la próxima semana, previsiblemente el día 19 de junio, una batería de informes que, en el caso de España, destacan una larga lista de violaciones de la regulación europea de protección al consumidor con las participaciones preferentes, las hipotecas multidivisa, las cláusulas suelo y, en general, todo tipo de cláusulas abusivas en varias áreas del negocio financiero.
La Eurocámara subraya el triste papel del Banco de España en la imposición de multas a las entidades. Propina un severo revés al Gobierno español por los continuos incumplimientos en la transposición de directivas europeas. Y destaca que España ha sido el país europeo con mayores niveles de venta fraudulenta, tanto de deuda subordinada (la de peor calidad, como las preferentes, que provocaron pérdidas millonarias para los clientes) como en el crédito hipotecario, con las cláusulas suelo (que impedían que los clientes se beneficiaran de la rebaja de los tipos de interés).
Cada año son más las personas que optan por adquirir bienes y servicios sin moverse de su casa a través del comercio electrónico. Ya no hablamos de una tendencia en sí, sino de una práctica muy instaurada en la sociedad, con un gran impacto económico y en continua evolución. Desde Crédito y Caución queremos daros algunas pautas de e-commerce relevantes de cara a 2018.
En un principio, el comercio online se producía, generalmente, desde el ordenador. El desarrollo y la mejora en los sistemas de otros dispositivos como tablets o móviles, o la familiarización del usuario con el e-commerce está generando un aumento cada vez mayor de las compras a través de estos terminales. De ahí la importancia creciente de la usabilidad y adaptabilidad de las webs a todo tipo de dispositivos. En 2018 se prevé que el e-commerce a través del móvil superé por completo a las compras a través del ordenador.
Si hablamos de formas de pago, en España continuará creciendo la penetración del uso de tarjetas de débito. En países como Alemania o Italia, la cuota de implantación respecto a la posibilidad de pago con tarjeta de débito ya es cercana al 100%. Del mismo modo, se generalizará también el uso de plataformas de pago electrónico como PayPal.
Otro factor que experimentará un cambio sustancial será el servicio de atención al cliente, un área fundamental que afecta a cualquier proceso de e-commerce. Las compras online ofrecen comodidad al usuario, pero también lejanía respecto a la tienda física. El área de ATC deberá mejorar sus servicios de contacto, vía email o telefónica, adaptándose a las necesidades del cliente online…
La base de cotización a la Seguridad Social de los autónomos menores de 47 años se puede elegir libremente (dentro de unos límites) y a partir de esa edad, la ley restringe la base máxima. Cuando el autónomo se acerca a esa edad, se plantea la opción de elevar la base de cotización (con el fin de mejorar la pensión futura) o bien seguir pagando la cuota mínima (da derecho a una pensión muy baja) y destinar la diferencia a un plan de ahorro privado que complemente la paga pública.
Los expertos aconsejan tener en cuenta los años de cotización, los requisitos para acceder al 100% de la pensión pública, hacer simulaciones y estimar el resultado final que se quiere alcanzar (qué nivel de renta se necesita tras el retiro) para evaluar la necesidad (o no) de ingresos adicionales. La mayor salvedad es está en plantear situaciones generales, ya que cada caso específico dependerá de la vida laboral del trabajador, de los años cotizados y de las bases que se apliquen, explican desde la Asociación de trabajadores autónomos (ATA). Por ello, se aconseja buscar asesoramiento para, con el informe de bases de cotización, hacer cálculos y tomar decisiones.
Con todas esas precauciones, aquí van algunos ejemplos que, sin ánimo de ser muy exhaustivos, sí pueden dar alguna idea.
Primero, algunos datos generales, comunes para cualquier situación:
– Para tener derecho a cobrar el 100% de la pensión, en 2018 un trabajador tendrá que haber cotizado 36 años y seis meses (para jubilarse con 65 años y 6 meses). Estos requisitos, con la ley actual, se irán endureciendo, de manera que en 2027, para que un trabajador se pueda retirar con el 100% de la pensión a los 67 años deberá haber cotizado un mínimo de 37 años.
– En 2018, el cálculo de la pensión tendrá en cuenta las cotizaciones de los últimos 21 años. A partir de 2022, se ampliará a 25 años. Por tanto, para alguien que prevea jubilarse a partir de ese año, y que quiera optar a cobrar la pensión máxima, tendría que decidir cotizar por la base máxima a partir de los 42 años.
– La pensión máxima en 2018 es de 2.580,13 euros al mes y la mínima de unos 700 (según los casos).
Estos son algunos ejemplos:
Escenario: cobrar solo pensión pública
Euros
Cuota mensual (2018)
Pensión al mes (2018)
Pensión anual
Base mínima
275,02
788,9 *
11.200
Base máxima
1.121,60
2.580**
36.120
* En 2018, pensión mínima para un jubilado con cónyuge a su cargo. La pensión media del autónomo es de 720 euros/mes
**Pensión máxima en 2018 para un trabajador con derecho al 100%
Caso 1:Trabajador autónomo que cotiza por la base mínima toda su vida laboral
Un trabajador autónomo que se jubile este año y haya cotizado por la base mínima durante toda su vida laboral, y siempre que tenga derecho al 100% de la pensión, cobraría en 2018 una cantidad de 639,3 euros si es un jubilado solo, de 606,7 euros si tiene cónyuge no a su cargo o 788,9 euros si el cónyuge está a su cargo (sin ingresos).
Para 2018, la cuota mensual que paga el autónomo es de 275,02 euros al mes.
Según un estudio realizado por ATA, el 86% cotiza por la base mínima y los jubilados de este segmento cobran una pensión media de unos 720 euros, cerca de la mínima.
Caso 2:Autónomo que cotiza por la mínima y a los 46 años sube a la máxima
En este caso, el trabajador cotiza por la base mínima desde que comienza su vida laboral y antes de cumplir 47 años cambia a la máxima, por lo que pasaría de pagar 275,02 a 1.121,60 euros al mes.
En 2018, la pensión máxima está fijada en 2.580,13 euros mensuales, en 14 pagas.
El autónomo que piense esta opción y aspire a cobrar esa pensión máxima debe tener en cuenta que con la ley actual, los requisitos para cobrar la pensión máxima son muy exigentes (35,5 años de cotización y el periodo de cómputo son 21 años), condiciones que además se irán endureciendo.
Además, el autónomo podría no llegar a cumplir esos requisitos por su negocio, por ejemplo, no llegar a cotizar el tiempo suficiente si cesa la actividad, o bien si su facturación atraviesa una mala racha que obligue a seguir cotizando por un dinero del que en ese momento no se dispone.
Escenario: aportación a planes de pensiones (máximo 8.000 euros al año) para complementar la pensión.
El complemento a pensiones públicas con planes de pensiones puede ser una opción más flexible para el autónomo: cómo y cuánto ahorrar cada año es decisión del trabajador. También puede ofrecer la ventaja de retirar el dinero cuando convenga (incapacidad grave, por ejemplo). Además, tras las últimas reformas, a los 10 años se podrá rescatar lo invertido en planes de pensiones (para planes que se abran ahora y desde 2025 para planes antiguos).
Caso 1: Autónomo de 45 años que cotiza por la mínima y sueldo de 30.000 euros
Un autónomo de 45 años que cobre un sueldo anual de 30.000 euros llegará a la edad de jubilación con un salario de 37.341 euros (aplicando un IPC del 1%), según la simulación realizada por el Instituto Santa Lucía. Si cotiza por la base mínima, la pensión estimada sería (de media) de 11.831 euros al año (unos 845 euros al mes de media).
La diferencia entre el último sueldo y la pensión que cobrará supondría al año 25.510 euros de diferencia.
Si cotiza a la base mínima (cuota mensual de 275 euros) en lugar de a las máximas (cuota mensual de 1.121,60 euros) entre los 45 y los 67 años de jubilación, el autónomo estaría “dejando” de pagar 846 euros al mes, que podría destinar a un plan de pensiones (el máximo es 8.000 euros al año).
En caso de que aportara el máximo posible a un plan de pensiones (8.000 euros al año) con una rentabilidad media del 3% a lo largo de 22 años, obtendría un total de 232.353 euros que se podría convertir en una renta bruta mensual aproximada de 880 euros al mes, que disminuiría esa diferencia (serían 10.560 euros adicionales), según el caso que plantea el Instituto Santa Lucía. Aún quedarían otros 1.245 euros al mes para alcanzar el último sueldo.
Para poder reducirlo, el trabajador debería de invertir la desgravación de cada año como aportación a un Plan Individual de Ahorro Sistemático (PIAS) para ir acortando dicho déficit, señalan desde el instituto.
Caso 2: Autónomo de 45 años que cotiza por la mínima y sueldo de 40.000 euros
Un autónomo que cotiza a la base mínima y tiene un sueldo de 40.000 euros tendrá una diferencia mayor entre su último sueldo (49.789 euros suponiendo un IPC del 1%) y la pensión estimada (igualmente de 11.831 euros). En este caso, la pérdida de poder adquisitivo (tasa de sustitución, también conocida como tasa de reemplazo) sería de 37.958 euros al año.
Si aporta los 8.000 euros al año en un plan de pensiones con una rentabilidad media del 3% en 22 años, lograría un acumulado de 232.353 euros, que se podrían convertir en una renta bruta mensual aproximada de 880 euros al mes.
Según estos cálculos, aún le quedarían para compensar 2.283 euros al mes.
Caso 3: Autónomo de 45 años que cotiza a la máxima y sueldo de 40.000 euros
El autónomo que cotiza a bases máximas pagará al mes una cuota de 1.121,60 euros (en 2018) a la Seguridad Social.
Con un sueldo de 40.000 euros, suponiendo al trabajador 45 años actualmente, el último sueldo antes de la jubilación sería 51.297 euros (con un IPC anual estimado del 1%). La pensión estimada sería de unos 2.746 euros al mes (38.448 euros al año, con igual IPC).
Igualmente la propuesta de aportación de 8.000 euros a un plan de pensiones generaría una renta mensual de 880 euros.
Con la pensión más esa renta mensual, el déficit a cubrir para poder mantener el nivel de vida sería de unos 190 euros al mes.
Caso 4: Autónomo de 45 años que cotiza a la máxima y sueldo de 50.000 euros
Para un autónomo de 45 años, con un sueldo de 50.000 euros, el último sueldo antes de la jubilación sería de 64.122 euros (con un IPC anual estimado del 1%). La pensión estimada sería de unos 2.746 euros al mes (38.448 euros al año, con igual IPC).
Igualmente la propuesta de aportación de 8.000 euros a un plan de pensiones generaría una renta mensual de 880 euros, que paliaría en parte esa diferencia.
Una vez asegurada la pensión máxima (siempre que se tenga derecho al 100%) más la renta del plan de pensiones, el déficit a cubrir para poder mantener el nivel de vida sería de unos 1.259,5 euros al mes. Los expertos aconsejan “invertir la desgravación de cada año como aportación a un PIAS para ir disminuyendo dicho déficit”.
Caso 5: Autónomo de 50 años que cotiza a la mínima y sueldo de 50.000 euros
Si el autónomo es mayor, de 50 años, con un sueldo de 50.000 euros al año, el último sueldo antes de alanzar la edad de jubilación sería de 59.215 euros (con un IPC anual estimado del 1%). La pensión estimada sería de unos 831 euros al mes (11.640 euros al año en 14 pagas, con igual IPC).
En ese caso, el déficit anual a cubrir sería de 47.575 euros al año.
Si se tiene un plan pensiones con una aportación anual de 8.000 euros al año (igualmente con una rentabilidad media del 3%) habría que mantenerlo más allá de la edad de jubilación (hasta los 72 años) para poder lograr esos 232.353 euros y obtener una renta bruta mensual de 880 euros.
Con la pensión más esa renta del plan de pensiones, el déficit a cubrir sería de 3.084 euros al mes, según el estudio elaborado por el Instituto Santa Lucía.
Pregúntanos todas tus dudas y solicítanos Oferta de tu Seguro.
El 22% de los españoles prevé un empeoramiento de la situación económica y el 21% una mejoría.
Metodología
El barómetro del Centro de Investigaciones Sociológicas se realiza con una periodicidad mensual, excepto el mes de agosto, para medir el estado de la opinión pública española. Para ello se entrevista en torno a 2.500 personas elegidas al azar dentro del territorio nacional, de las que, además de sus opiniones, se recoge una amplia información social y demográfica para el análisis.
Próximo dato
Primera semana de junio de 2018, datos del Barómetro del CIS, referentes al mes de mayo de 2018.