#Ahorra y gana: sin prisas, pero, sin pausas – #AhorroCreciente #CatSeguros #Ahorros

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Seguro de Ahorro Garantizado para Particulares, Autónomos y Profesionales.

El #SeguroDeAhorro Garantizado para Particulares, Autónomos, Profesionales y Empresas nos aporta la tranquilidad a la hora de construir un ahorro. Permite diseñar una póliza que se adapta a las necesidades actuales y de futuro. La pregunta fundamental que debemos hacernos es: ¿Cuánto ahorramos mensualmente y cuánto deberíamos ahorrar? La respuesta a esa pregunta nos permitirá constituir un ahorro destinado a los estudios de nuestros hijos, la casa de vacaciones, la compra del primer coche, o solucionar circunstancias imprevistas que nos pueda dar la vida. Veamos algunos conceptos y términos de los que nos que resultará conveniente conocer su significado.

Prima Prevista

La prima prevista es la cantidad mensual que elegimos aportar a nuestro plan de ahorro. Hay ahorros para todos los bolsillos. Elige ahorrar la cantidad que consideres oportunos, …, desde 60€/mes.

Prima Suplementaria

La prima suplementaria o esporádica es aquella que, sin tenerlo previsto, podemos aportar a nuestros ahorros en un momento determinado.

Tasa de Revalorización

Los productos de nuevo diseño, desde la primavera del 2018, premian a los seguros de ahorro a largo plazo. Por ello la tasa de revalorización crece conforme los seguros de ahorro mantienen su antigüedad y capital con nosotros. Por decirlo de alguna forma, la compañía premia la antigüedad en las aportaciones periódicas.

Fecha de Vencimiento

Nuestro seguro de ahorro no tiene fecha de vencimiento ya que se trata de un seguro de Vida Entera. Como consecuencia de ello conserva las garantías mientras que haya capital acumulado. Una ventaja muy interesante para ahorrar.

Garantías de los seguros de ahorro

Por tratarse de un seguro de vida entera tiene garantías tales como Fallecimiento, Invalidez etc. Sin embargo, hay una de esas garantías dignas de las que hacer mención: el #TestamentoOnLine.

Testamento Online

  • Asistencia al asegurado para la redacción de su propio testamento a través de un formulario web.
  • Asesoramiento jurídico sobre el testamento vital
  • Borrado digital

Rescate Parcial y Rescate Total

Si surge algún imprevisto siempre podrás rescatar parte del capital acumulado (Rescate Parcial); o bien, la totalidad (Rescate Total); siempre que haya transcurrido la primera anualidad.

#DebesSaberQue

Hay un porcentaje exacto del salario que debe destinarse al ahorro, tal y como aducen los expertos, cada persona o familia tiene unos gastos y necesidades diferentes y cuenta con distintos ingresos y posibilidades, por lo que en función de ello y de sus expectativas, la cantidad será distinta.

Ahorro infantil.

Iniciar un ahorro y enseñar a nuestros hijos a ahorrar nos permitirá poder alcanzar nuestros objetivos y metas en la vida de una forma sencilla. Implicar a los hijos en la ilusión de conseguir sus objetivos en el futuro: estudios, viajes, vacaciones, … Podemos comprar el coche que nos gusta debiendo al banco el coche y un interés adicional de un préstamo personal; o bien, podemos beneficiarnos de los intereses que nos ofrecer un seguro de ahorro en lo que apartamos con ilusión cada mes. Un ahorro jubilación. Nuestros Seguros de ahorro te permitirán ahorrar con la periodicidad que tu desees (mensual, trimestral, etc) con toda la comodidad, y flexibilidad que necesites, interrumpiendo o rescatando las aportaciones cuando lo necesites. Tu eliges.

Fiscalidad de los seguros de ahorro

Los seguros de ahorro tributan solo en el momento del rescate. Los Beneficiarios, por fallecimiento del Asegurado, tributarán por el Impuesto de Sucesiones, con las exenciones previstas en la Ley. Estas dos particularidades y otras más que resumimos en este artículo son algunas de las diferencias de un seguro de ahorro con un depósito a plazo fijo. Por esta y otras razones ahorrar con nosotros es una excelente forma de proteger tu futuro, el patrimonio de tus herederos y el de los tuyos.

Nuestros productos garantizados

Ponemos a tu disposición 4 formulas diferentes para constituir un ahorro o invertir un capital ya ahorrado con interés garantizado. Entre los seguros de ahorro disponibles se encuentran: El seguro de ahorro garantizado CRECIENTE, PIAS CRECIENTE, SIALP CRECIENTE (ahorro 5) Y VIDA CAPITAL, así como la Cuente Cliente, puedes ampliar información. Es importante construir un ahorro con intereses para los imprevistos de la vida. Tenemos diferentes soluciones y formas de ahorrar.

Por que ahorrar con nosotros.

Los valores que nos inculcaron en nuestra infancia son los que definen nuestra forma de pensar, actuar y vender. Nosotros solo vendemos aquello que consideramos que es bueno para nuestros clientes. ¿se lo venderías a tu Madre? Esa es la pregunta a la que un Asesor de Inversiones debe responder. Y nosotros lo hacemos.


Pregúntanos todas tus dudas y solicítanos Oferta de tu Seguro.

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4 situaciones en las que debes plantearte #ahorrar desde ya. #AhorroInforma #Consejos #CatSegurosInforma

Business Financial Opportunity

¿Qué situaciones para ahorrar no puedes olvidar?

Todos deberíamos guardar un dinero no sólo para cubrir posibles imprevistos de día a día sino también para garantizar un futuro de calidad. Si te resulta difícil, aquí te presentamos una serie de situaciones indispensables para ahorrar.

Situaciones para ahorrar

1.- Tranquilidad económica: Imagínate que tu frigorífico se ha estropeado o que tu coche te ha dejado tirado en la cuneta y tienes que repararlo. Seguramente, ese imprevisto alterará tu presupuesto del mes. Si has conseguido ahorrar, te resultará mucho más fácil poder afrontar cualquier percance que suponga desembolsar un dinero extra con el que no contabas y evitarás que tu economía se tambalee.

2.- Rentabilizar tu dinero: Entre las situaciones para ahorrar hay una que seguramente te gustará. Si quieres que tu dinero crezca y sacarle el máximo provecho a tu propio ahorro, puedes recurrir a excelentes productos de ahorro financieros. ¿Qué conseguirás? Por ejemplo, con un fondo de inversión o depósito, lograrás a medio plazo y largo plazo que tus ahorros hayan rendido y dispongas de más dinero que hace unos meses.

3.- Conseguir algo que deseas: En algún momento, todos sentimos la necesidad de adquirir un producto, artículo u objeto que nos hace mucha ilusión. ¿Quién no ha pasado por al lado de un concesionario y ha visto un coche que le gustaría tener? ¿Sueles ir de shopping y ves continuamente prendas que te gustaría especialmente ilusión tener? Cuando realmente te interesa algo, eres capaz de ahorrar. Empieza a hacerte una lista de deseos y verás como la propia motivación para conseguirlos, te incitará a apartar un dinero cada mes para esos caprichos.

4.- Asegurar la jubilación: Es otra situación para ahorrar. Si estás en tus últimos años de vida laboral, seguro que quieres vivir bien cuando llegue el momento de retirarte del mundo profesional. Aunque contarás con tu pensión mensual, si has conseguido guardar dinero, gozarás de mayor calidad de vida y podrás hacer muchas más cosas. Contratar un seguro de vida es una excelente opción para ahorrar de cara al futuro o bien optar por un plan de pensiones.


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Calendario general del contribuyente 2018. #CatSegurosInforma #Fiscal #Noticias

Calendario_Contribuyente_2018_es_es

Calendario completo en «PDF»: Calendario_Contribuyente_2018_es_es

Acceso al calendario mes a mes.


Esta información es gentileza de @CatSeguroshttps://catseguros.net/


 

#LeyDeSegundaOportunidad: Un juez libera de sus deudas bancarias a un matrimonio de Sevilla arruinado por la crisis

LeySegundaOportunidad

(Enlace al artículo original)


La vida de José y su familia se complicó cuando este perdió su empleo como comercial en la industria farmacéutica. Hasta el momento, las comisiones que ganaba con este trabajo les ayudaban a hacer frente a una hipoteca que, tras una ampliación, ascendía a 1.000 euros al mes y a los gastos del día a día. «Íbamos tirando», apunta el hombre, que prefiere no dar su apellido. Al poco tiempo, José volvió a encontrar un trabajo como visitador médico, pero peor remunerado y los números no salían. El matrimonio, con tres hijos, decidió vender la casa e irse de alquiler. Sin la mochila de una hipoteca, todo sería más fácil. Pero no fue así y las deudas no dejaron de crecer. Ahora, el Juzgado de Primera Instancia 5 de Dos Hermanas (Sevilla) les ha liberado de sus deudas bancarias al concederles el llamado “beneficio de exoneración de pasivos” recogido en la #LeyDeSegundaOportunidad, aprobada en junio de 2015.

«Piensas que los ingresos mejorarán, esperas que mejoren, pero no es así, entonces tiras de tarjeta, de refinanciación y, al final, se forma la bola, una bola que se hace imposible», reconoce el padre de estos niños de 17, 10 y siete años.

Durante este tiempo, el matrimonio llegó a acumular una deuda de 90.000 euros en pequeños préstamos y tarjetas, tal y como explica su abogado, Carlos Fidalgo. «Poco a poco se les fueron cerrando todas las vías de acceso al crédito, y solo la ayuda de familiares y amigos les permitía cubrir necesidades básicas. Llegó un momento en que los pagos que mensualmente tenían que afrontar para devolver préstamos y pagar tarjetas absorbían a primeros de mes casi toda la nómina», apunta el letrado de Moreana Abogados, quien asesoró a la familia para que iniciaran un expediente de liberación de deudas recogido en dicha normativa. «José llegó desesperado al despacho y qué casualidad que tres meses antes había sido aprobada la ley», recuerda el letrado.

La #LeyDeSegundaOportunidad permite exonerar a particulares y pequeños autónomos del pago de deuda a acreedores privados como los bancos (no incluye las deudas con Hacienda y la Seguridad Social) siempre que se demuestre que se actuó «de buena fe» y que se intentó alcanzar un acuerdo extrajudicial con los acreedores privados. Así ocurrió en el caso de esta familia. Según el auto, fechado el pasado diciembre, el matrimonio ha actuado en todo momento «de buena fe» e intentó sin éxito llegar a un acuerdo con las entidades bancarias y financieras. «Ni se presentaron, no mostraron ningún interés, la comunicación fue cero», afirma este vecino de Dos Hermanas, quien ha comenzado a trabajar en otra empresa del sector farmacéutico.

La normativa, que ya se venía aplicando a otros países de Europa, entró en vigor el 28 de julio de 2015. «Los expedientes de segunda oportunidad son muy poco conocidos, no solo por la población en general sino incluso por abogados y jueces”, asegura el letrado. «Todo esto nos sirve de concienciación para evitar los errores que hemos podido cometer, el sobreendeudamiento te lleva una locura de vida», afirma José, quien se muestra esperanzado por poder comenzar «una vida desde cero».


Nuestro #SeguroDeProteccionJuridica te ayudará en todos los temas legales que necesites.

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La #Telepresencia y otros avances sobre la #TransformacionDigital #CatSegurosInforma #MejoraContinua #Deslocalizacion

TelePresenciaYTransformacioDigital

Actualmente, el entorno de las empresas en el que se mueven, y sus mercados, es global. Y estos mercados globales implican una mayor #Deslocalizacion de los trabajadores en sus tareas, una importante movilidad de los mismos y un cambio en las formas de operar buscando una mayor eficiencia y mayor productividad. Los clientes, por su parte, exigen una mayor inmediatez en la toma de decisiones que les afectan en los servicios y productos que se les suministran. Todo ello hace que las empresas se estén preparando para adaptar las nuevas tecnologías a sus procesos productivos para ser más competitivos.

Es la #TransformacionDigital con la que se consigue adaptar poco a poco un modelo de negocio “tradicional” a esos requerimientos de un cliente cada vez más exigente y tecnológico. Implica, también, un compromiso en la gestión interna de los propios empleados.

Esta #TransformacionDigital implica colaboración entre todos los niveles de las empresas y también entre proveedores y clientes de las mismas. Solo así se conseguirá esa mayor eficiencia y productividad que se busca. Pero esa colaboración debe ser “inmediata”. Y esta #TransformacionDigital no es una sola. Es un conjunto de tecnologías conectadas con un nexo común: cloud, movilidad, IoT (Internet de las Cosas), ciberseguridad, Machine learning, inteligencia artificial (IA),…

Cómo ayuda la #Telepresencia a las empresas

La #Telepresencia ha sido un paso importante en esa colaboración. Saber que puedo reunirme con un cliente que está a cientos o miles de kilómetros en cualquier momento sin hacer ese desplazamiento ha optimizado el tiempo en la toma de decisiones y reducido los gastos de desplazamientos en general.

Y ¿por qué circunscribirlo solamente al ámbito de una sala de reuniones y solamente al ámbito de “los despachos”? ¿El trabajo de las empresas sólo se desarrolla en las oficinas? ¿Qué ocurre con muchas empresas de construcción, de facilities y servicios auxiliares, de mantenimiento y supervisión, de reparaciones, en los que ese trabajo está fuera de las oficinas? En muchos sectores se necesita poner “ojos” donde antes era impensable poder hacerlo. Todo por el buen hacer de los trabajadores, porque su trabajo sea más eficiente, más productivo, con menores costes e, inmediato.

¿Por qué un cliente no puede ver una modificación que le está haciendo un proveedor en la producción de una pieza para su producto y dar el visto bueno en ese mismo momento ganando tiempo y dinero?

Ha llegado el momento de ampliar esa #Telepresencia y, como nos exige la #TransformacionDigital, hacerla móvil y que todas estas empresas, grandes y PYMES, puedan beneficiarse de una ayuda en el lugar de trabajo, un lugar de trabajo cambiante jornada a jornada. Y se necesita un adelanto tecnológico que saque esa videoconferencia de la rigidez de una sala y se lleve al lugar donde está el problema. Con toda la organización de la empresa protagonizando esa ayuda y colaborando a resolver la situación y, por consiguiente, aumentando la calidad del trabajo y la satisfacción del cliente.


Jesús Chico, fundador de StreamGPS.


(Artículo original)


 

Aspectos clave de la reclamación judicial de #Deudas #CatSegurosInforma #Legal

ReclamacionsDeDeudas

La crisis económica hizo que, fruto de una reacción en cadena, varias empresas cerraran por no poder afrontar los impagos de sus clientes. Los supuestos fueron distintos, pero sorprenden dos aspectos:

A) La falta de reclamación de la deuda cuando el deudor tienen el domicilio en otro país de la Unión Europea.
B) La escasa utilización del sistema de recuperación del IVA en las facturas impagadas.

En ambos supuestos existen mecanismos que rebajan sensiblemente el impacto de los impagos en la contabilidad.

Respecto de la reclamación a un deudor en otro país de la Unión Europea, del trámite se informa en la web http://www.e-justice.europa.eu en la que se puede instar la reclamación judicial en línea. A su favor cuenta con la sencillez del trámite a través de formularios normalizados, con la funcionalidad de traducción automática al idioma del país de residencia del deudor, y la especialización que se ha producido algunos países, que ha simplificado y agilizado el trámite. Entre las debilidades del sistema están las distintas regulaciones estatales, que influyen en las denominadas competencia funcional (a qué tipo de Juzgado hay que remitir la reclamación) y competencia territorial (la población en la que radica el Juzgado), ambas no son uniformes y requieren un conocimiento previo para dirigir la reclamación al órgano competente; aunque se ofrece información en la web, no es fácil de comprender. Por otra parte según el Estado hay que abonar una tasa judicial previa a la tramitación de la reclamación, la información en este aspecto tiene que mejorar bastante, ya que sólo se ofrece en el idioma del país en el que se ha de pagar la tasa y con constantes referencias a la legislación autóctona que es recomendable revisar, puesto que a veces no está actualizada la referencia que se ofrece.

Una vez admitida la reclamación por el Juzgado, éste dirige una notificación al deudor, dándole un plazo para pagar o para manifestar por qué cree que no debe la cantidad que se le reclama, pudiendo ocurrir:

1. Que el deudor pague: el Juzgado ingresará el dinero en la cuenta que se haya indicado en el formulario.
2. Que el deudor no pague ni diga nada: el Juzgado dictará una “orden de ejecución europea” que servirá para reclamar la deuda ante cualquier país de la Unión en el que el deudor tenga bienes.
3. Que el deudor se oponga a la deuda: se finaliza el proceso y deberá reclamarse la deuda mediante un juicio, según el procedimiento propio del país del deudor.

En caso de que el deudor, una vez requerido de pago por el Juzgado, no pague se deberá instar una ejecución judicial contra sus bienes, que se tramitará conforme a la normativa y el procedimiento propio de cada sistema judicial, puesto que no se ha creado un sistema de ejecución europeo uniforme.

Respecto de la recuperación del IVA en las facturas impagadas, Hacienda ofrece información en su web, en Inicio ► Empresas y profesionales ►Empresarios individuales y profesionales ►IVA ►Requisitos para recuperar el IVA en el caso de créditos incobrables.

El IVA de las facturas impagadas no se recupera por devolución directa, sino que se hace mediante la emisión de facturas rectificativas que permiten compensar el IVA computado pero no ingresado.

1. En primer lugar hay que tener en cuenta el requisito temporal: las facturas rectificativas sólo pueden emitirse cuando hayan transcurrido 6 meses desde la emisión de la factura (un año cuando el volumen de las operaciones supera los 6.010.121.04 €).
2. El plazo para emitir la factura rectificativa es de tres meses, una vez transcurrido el período indicado en el apartado anterior (es decir 6+3 meses ó 12+3 meses).
3. Una vez emitida la factura, hay un plazo de un mes desde su emisión para comunicarlo a Hacienda.
4. Antes de emitir la factura rectificativa se deberá haber reclamado el impago judicial o notarialmente.
5. La factura rectificativa debe haberse notificado al deudor.

Pese a lo complicado del sistema, conviene tenerlo en cuenta valorando el IVA que se va a recuperar y los gastos que va a generar la reclamación judicial, que está gravada con una tasa judicial de 100,00 € y la correspondiente tasa judicial autonómica según la Comunidad Autónoma. Por otra parte, la reclamación judicial puede hacerse sin necesidad de abogado ni procurador mediante el impreso normalizado que se puede bajar de la web del CGPJ (www.poderjudicial.es): ►Servicios ►Atención ciudadana ►Modelos normalizados ►El proceso monitorio y teniendo en cuenta que debe presentarse ante el Juzgado del domicilio del deudor.


(Enlace al artículo original)


Nuestro #SeguroDeProteccionJuridicaEmpresas te permite despreocuparte de la reclamación de tus #Facturas no cobradas: nuestra compañía hace ese trabajo por tí SIN COSTE ALGUNO para tu empresa o negocio.

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Soy autónomo: ¿Qué puedo desgravar? #CatSegurosInforma #Legal #DeclaracionDeLaRenta #Autonomos

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Ventas, clientes, proveedores, mercancía, contactos, promoción, jornadas interminables… Además de preocuparse por la actividad de su empresa, los autónomos también tienen que hacer mucho papeleo para estar al día con Hacienda. Si eres autónomo, sabes muy bien de qué estamos hablando; y, aunque estés familiarizado con tus obligaciones fiscales y el dichoso modelo 100, quizá no conozcas todo lo que puedes desgravar en tu declaración.


¿Qué requisitos deben tener los gastos deducibles?

Deben ser gastos vinculados a tu actividad económica, justificarse con facturas y recibos, y estar registrados de forma contable en tus libros de gastos e inversiones.

Si cumplen esos requisitos, podrás poner los siguientes supuestos en las casillas 95-110 de tu declaración de impuestos:

  • Consumos de explotaciónsueldos y salariosSeguridad Social y otros gastos de personal. Es decir, todo aquello relacionado con los posibles empleados y costes de la actividad empresarial (mercaderías, materias primas, combustible, material de oficina)
  • Arrendamientoscánonesreparaciones y conservación. Lo que vienen siendo el alquiler del local, leasing y mantenimiento de los bienes materiales. Puedes declarar el porcentaje de tu vivienda que utilices como espacio de trabajo.
  • Servicios exteriores. Ya sabes, los gastos derivados de contratar asesores fiscales, notarios, auditores. Pero también las primas de seguros, la publicidad y los servicios de agua, electricidad, etc. Si solo usas una línea de teléfono, puedes declarar el 50 %, como gasto profesional.
  • Tributos deducibles: no estatales (como el IBI o IAE), así como las tasas y los recargos estatales. Se exceptúan las sanciones y los recargos que sean de apremio o por pasarse del plazo de declaración de Hacienda.
  • Gastos financieros: intereses varios, como los de demora de aplazamientos de los pagos a Hacienda, de préstamos y créditos y recargos por aplazamiento de deudas. Pero no desgravan, si derivan de la utilización de tu propio capital.
  • Amortizaciones y pérdidas por deterioro del valor de los elementos patrimoniales.
  • IVA soportado (el de tus compras de bienes o servicios). Si es que no lo puedes desgravar en la declaración trimestral del IVA.
  • Incentivos al mecenazgo. Colaboraciones en actividades de interés general.
  • Otros gastos. Adquisición de libros y revistas, gastos de transporte y alojamiento por motivos laborales y para congresos y cursos, cuotas de asociaciones empresariales y similares y las primas de tu seguro de enfermedad (máximo de 500 euros por persona). ¿Sabías que puedes incluir a tu cónyuge e hijos? Anota.
  • Provisiones deducibles y gastos de difícil justificación. Si estás en el régimen de estimación directa simplificada, se aplica el 5 % del rendimiento neto.
  • Provisiones fiscalmente deducibles. Para el resto de autónomos. Son facturas no cobradas y gastos de devoluciones de ventas.

Hacer una buena declaración de gastos puede significar el sostenimiento de tu negocio. ¿Lo estás teniendo todo en cuenta?


(Origen del artículo)

En #CatSeguros ofrecemos la total cobertura exigida por los diferentes convenios laborales #seguros

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Seguro de Accidentes Convenio Empresa, seguros empresas en Catalana Occidente

¿Por qué con Nosotros?

Total cobertura exigida por los convenios laborales.

Cobertura de hospitalización por accidente (subsidio diario)

Ofrece una contratación ágil, flexible y personalizada

Posibilidad de contratar Asistencia Sanitaria por Accidente

Y además:

  • El contrato de seguro se beneficia de la exención del Impuesto sobre primas.
  • Cobertura de Invalidez Permanente Progresiva por Accidente.
  • Posibilidad de fraccionar el pago de la prima anual

Coberturas

  • El seguro de Accidentes Convenios tiene como finalidad el garantizar prestaciones que tienen el carácter de mejora voluntaria respecto de las que otorga la Seguridad social, en su modalidad contributiva.
  • Los beneficiarios son todos los empleados que forman parte de la plantilla de la empresa.
    Con la aparición de la normativa legal sobre instrumentación de compromisos por pensiones, las empresas se obligan a «exteriorizar», mediante un contrato de seguro, todo compromiso a su cargo que implique el pago de un capital por fallecimiento del empleado asegurado, o por causa de una invalidez permanente, en sus grados de total, absoluta o gran invalidez, que ese empleado pueda sufrir.
    Es muy común, que dentro de la negociación de los convenios laborales, se incluya la obligatoriedad por parte del empresario de contratar un seguro de Accidentes Colectivo.
    Las coberturas y capitales corresponderán a lo contemplado en el convenio laboral que pacta la empresa con sus trabajadores, para un seguro de accidentes colectivo.

Coberturas de contratación mínima obligatoria

  • Fallecimiento por accidente y/o Invalidez permanente absoluta y gran invalidez, por accidente ó Invalidez permanente absoluta y parcial, y gran invalidez por accidente.

Otras coberturas opcionales

  • Fallecimiento por enfermedad profesional
  • Fallecimiento natural/ gastos de sepelio
  • Invalidez permanente total por accidente
  • Gran invalidez por enfermedad profesional
  • Invalidez permanente absoluta y parcial por enfermedad profesional
  • Invalidez permanente absoluta por enfermedad
  • Invalidez permanente total por enfermedad profesional
  • Invalidez permanente por accidente de circulación
  • Asistencia sanitaria por accidente
  • Hospitalización por accidente

Ámbito temporal de la cobertura, en caso de accidente

  • Ámbito 24 horas
    Se garantizan los accidentes que puedan suceder al asegurado tanto en el ámbito de su vida privada como en el ámbito laboral.
  • Ámbito laboral
    Se garantizan los accidentes que puedan suceder al asegurado durante el ejercicio de su profesión, y sean calificados como «accidente de trabajo».

Pregúntanos todas tus dudas y solicítanos Oferta de tu Seguro.

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Guía rápida para que conozcas los cambios más destacados a nivel fiscal para pymes y autónomos para este 2016 #CatSegurosInforma

ModificacionFiscal2016AutonomosPymes

Guía gratuita | Wolters Kluwer

Nueva cobertura de Defensa y reclamación de daños para Promotores y Constructores. #CatSegurosInforma

Todo Riesgo de Construcción y Montaje

TodoRiesgoConstruccion

¿Por qué con Nosotros?

  • Adaptación del seguro a cualquier tipo de construcción o montaje.
  • Garantiza, en caso de siniestro, la terminación de la obra y/o montaje asegurando la realización de tus proyectos.
  • En una única póliza, la construcción o montaje, la maquinaria y el equipo necesario.

Y además:

  • Nueva cobertura de Defensa y reclamación de daños para Promotores y Constructores, otorgada para proteger jurídicamente a nuestros Asegurados frente a una multitud de incidencias legales que puedan afectar a su actividad.
  • Posibilidad de contratar el seguro bajo la modalidad de póliza Abierta, que permite el aseguramiento, en una misma póliza, de todas las obras y/o montajes que ejecute el Asegurado, siempre que se encuentren dentro de unos determinados parámetros. Ello permite la aplicación de descuentos en la prima.

Coberturas

  • El seguro de Todo Riesgo de la Construcción y Montaje tiene por objeto asegurar la ejecución de todo tipo de obras, tales como edificación de viviendas, comerciales e industriales, así como reformas, instalaciones y montajes de todo tipo (fontanería, climatización, instalaciones eléctricas, etc.).
  • Se compone de una garantía básica (Construcción y Montaje), que permite garantizar los daños sufridos por la propia obra o montaje asegurados, y de una serie de garantías complementarias que amplían la cobertura a medida de las necesidades del Asegurado.
  • Daños y/o pérdidas materiales directas debidas a incendio, explosión, caída del rayo, caída de aviones, choque de vehículos e impactos, defectos en los materiales y mano de obra defectuosa, siempre y cuando sean debidas a una causa accidental e imprevisible.

Garantías complementarias

  • Fuerza Mayor y Fenómenos de la Naturaleza.
  • Mantenimiento.
  • Robo y expoliación.
  • Huelga, motín y tumulto popular.
  • Consecuencias del error de diseño.
  • Almacenamiento de materiales.
  • Transportes nacionales.
  • Defensa y reclamación de daños.
  • Responsabilidad Civil.

Gastos derivados de los siniestros cubiertos por la póliza

  • Desescombro.
  • Gastos adicionales por horas extras, nocturnas o trabajos en festivos.
  • Honorarios profesionales.
  • Honorarios de peritos.
  • Gastos de extinción.
  • Llenado de los equipos contra incendios.
  • Tasa municipal de bomberos.
  • Desalojamiento forzoso.
  • Gastos de reposición de planos y documentos.

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