Ojo, inquilino, evita estas cláusulas abusivas en el contrato de alquiler. @idealista #Inqulinos #ClausulasAbusivas #Legal #Alquiler #Vivienda #Hogar @CatSeguros #HogarInforma #CatSegurosInforma



El Artículo (idealista/news, 08/Julio/2019):

Con la entrada en vigor, el pasado 6 de Marzo, del Real Decreto-Ley 7/2019 de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler, son cinco las legislaciones, reguladoras de los alquileres, que tenemos hoy en día vigentes y que resultará de aplicación la que corresponda dependiendo de la fecha en que se haya firmado el contrato.

Como consecuencia de los cambios legislativos, y más en una materia como ésta, en la que tenemos varias leyes a aplicar, puede ocurrir que lo que antes era válido, ahora no lo sea; de manera que, cláusulas que se introducían en los contratos de alquiler otorgados con anterioridad al pasado 6 de Marzo, y que eran legales, desde dicha fecha, y para los contratos que se firmen a partir de la misma, han pasado a ser ilegales, o nulas por abusivas.

Es por ello por lo que hay que extremar el cuidado en la redacción de los contratos de alquiler, ya que no sirve cualquiera que nos entreguen como “modelo”, o cualquier descarga que se haga por internet, recomendando encarecidamente que la redacción del contrato sea siempre asistida por un Abogado con conocimientos en arrendamientos, que recoja la voluntad de las partes, así como que explique y razone por qué no se pueden introducir determinadas cláusulas, aunque sea el deseo de ambos contratantes.

A continuación se enumeran algunas de las cláusulas abusivas que se pueden poner en un contrato de alquiler y que, sin embargo, serían nulas, es decir, habría de entenderse como no puestas.

Duración del contrato.

Desde el 6 de Marzo de 2019, cualquier contrato de arrendamiento que se haya firmado o se firme, y sea cual sea el plazo que en el mismo se haga figurar, y que sea inferior a 5 años –si el arrendador es persona física-, o 7 años, si el arrendador es persona jurídica, será prorrogado forzosamente si el arrendatario así lo desea y aunque el arrendador no lo quiera, hasta que se cumplan las anualidades anteriormente referidas.

Por tanto, una cláusula que recoja que el arrendatario debe dejar el alquiler en un periodo anterior a los cinco años o siete años (dependiendo de quién sea el arrendador) será nula.

Tras el transcurso de los 5 o 7 años de prórroga forzosa, queda previsto con la nueva ley, una nueva prórroga, esta vez voluntaria para el arrendador, de hasta tres años más; si bien dicha prórroga tácita se dará, siempre y cuando, el arrendador no haya preavisado con cuatro meses antes de la finalización del contrato a su inquilino, o con dos meses de preaviso para el caso de que sea el inquilino quien no quiera continuar con el arrendamiento.

Indemnización por desistimiento.

El artículo 11 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, tras la última reforma, prevé que, una vez transcurridos los primeros seis meses del contrato de alquiler, el inquilino tiene la facultad de desistir del arrendamiento, sea cual sea el plazo inicial por el que se pactó, incluso si lo fue por 5 o 7 años, siempre y cuando se lo comunique al arrendador con un plazo mínimo de 30 días de antelación.

Ahora bien, se puede pactar en el contrato que, si se diera ese supuesto, el arrendatario estará obligado a indemnizar al arrendador con una mensualidad de renta por cada año de contrato que restase por cumplir, o con la parte proporcional de la anualidad vigente; siendo nula cualquier cláusula que prevea una indemnización mayor que la referida.

Actualización de renta.

La renta será actualizada cada año de vigencia del contrato de acuerdo a los pactos a los que lleguen las partes, debiéndose fijar un índice de referencia o metodología de cálculo, siendo que, en todo caso, si aplicando dicho índice, el resultado es el de la elevación de la renta, ésta no podrá ser superior al que resultare aplicándole el índice de precios al consumo.

Por tanto, si no hay pacto expreso, la renta no podrá ser actualizada durante los 5 o 7 años de vigencia del contrato.

Tampoco será válido el pacto por el cual el arrendador se otorgue la licencia de poder elevar la renta en estos 5 o 7 años como consecuencia de la realización de obras de mejora en la vivienda.

Gastos de inmobiliaria.

Solamente para el caso de que el arrendador sea persona física, se permite que se acuerde que sea el arrendatario quien corra con los gastos de intermediación de la inmobiliaria que haya intervenido para el alquiler de la vivienda.

Resulta nulo, por tanto, la cláusula que obligue al arrendatario a correr con dichos gastos, si el arrendador es una persona jurídica.

Entrada del arrendador en la vivienda. 

Aunque en el contrato de alquiler se indique que, por determinadas razones (como por ejemplo para inspeccionar que la vivienda se encuentra en las debidas condiciones, o para hacer determinadas obras), el arrendador puede entrar en la vivienda alquilada, dicha cláusula es nula.

La vivienda alquilada, aunque sea propiedad del arrendador, constituye el domicilio del arrendatario, y como domicilio es inviolable tal y como establece la Constitución.

Por tanto, como regla general, el arrendador podrá entrar en la vivienda, con consentimiento del arrendatario

Carmen es Abogado desde 1984, y Agente de la Propiedad Inmobiliaria desde 1989. Titular de G&G Abogados. Especialista en Derecho Inmobiliario y Bancario, obtuvo su primer éxito, en esta última rama, en el Tribunal Supremo en el año 1999, consiguiendo su primera nulidad de una ejecución hipotecaria.


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Acceso a los jóvenes, alianzas público-privadas e industrialización: grandes retos para la vivienda. @idealista #Jovenes @Vivienda #Noticias #Seguros #Industrializacion #Ahorro @CatSeguros #Consejos #Hogar #Sociedad #CatSegurosInforma #CatSegurosConsejos



La NOTICIA (Enlace al artículo original).

Autores:@David Marrero,@luis manzano31 mayo 2019, 14:23 (idealista/news)

 

Nueva edición del Salón Inmobiliario de Madrid (SIMA) que afronta la recuperación del sector de la vivienda con entusiasmo tras un de incertidumbre política y periodo electoral que ha vivido elecciones generales y elecciones autonómicas y municipales en apenas un mes. Con el panorama político abierto a un periodo de estabilidad, se espera que la economía española aguante la recesión que muchos expertos vaticinan para los próximos años.

Durante las conferencias que se realizaron en los primeros días del evento, idealista/news habló con varios expertos sobre los retos que afronta el sector inmobiliario. Para Juan Antonio Gómez-Pintado, CEO de Vía Célere y presidente de la Asociación de Promotores y Constructores de España y de Madrid (APCE-Asprima) se abre un momento de oportunidades con las nuevas legislaturas. “Las administraciones han mostrado interés por resolver el problema de la vivienda. Las políticas público-privadas que están planteando desde las distintas administraciones pueden ser una de las grandes soluciones a uno de los problemas y de los grandes retos que tenemos en el sector y que lo venimos manifestando desde hace mucho tiempo que es el acceso a la vivienda de los jóvenes”.

La secretaria general de Vivienda en funciones del Ministerio de Fomento, Helena Beunza, inauguró la Conferencia Inmobiliaria de SimaPRO ofreciendo seguir con el trabajo iniciado en la legislatura anterior. “Hay que trabajar de manera global en una estrategia nacional en materia de vivienda, en colaboración con el sector y con el resto de administraciones territoriales. Y también seguir trabajando en aquellos proyectos normativos que habíamos ya anunciado como son la primera Ley a nivel estatal en materia de Vivienda y la Ley de seguridad jurídica en urbanismo, en el que trataremos también las cuestiones de agilización burocrática, tanto de planeamiento como de gestión de licencias”, concretó.

Buena parte del sector pidió mejorar los sistemas burocráticos de las distintas administraciones en la gestión de licencias para favorecer la construcción de viviendas y a su vez reducir el precio final de las casas, además de pedir a las administraciones que agilicen la tramitación de los suelos, tanto públicos como privados, para conseguir sacar más viviendas asequibles al mercado.

La mejora de la capacidad de acceso a una vivienda para los jóvenes ha centrado la situación de la demanda de vivienda en España, que debe ir acompañada de políticas de empleo y de fomento de la emancipación para el apoyo a estos jóvenes, que de media salen de casa a los 29 años.

“Debemos dar soluciones de mercado a los jóvenes. El reto pasa por que podamos poner en el mercado viviendas asequibles, tanto en venta como en alquiler, que son totalmente complementarios”, afirma Mariam Martín, directora general de Víveme.“Actualmente, los jóvenes no tienen una estabilidad laboral, ni salarios para hacer frente al pago del 20% de la entrada que se necesita para comprar. Así que tienen que pasar obligatoriamente por el alquiler. Pero creo que muchos jóvenes finalmente quieren comprar”.

Para Carolina Gómez, presidenta de Building Youngs, los datos son claros pero alarmantes. “Vemos muy complicada la emancipación, que de media en España llega a los 29 años. Es una fecha muy tardía, porque hace que nos independicemos más tarde, alquilemos más tarde y que, por lo tanto, compremos más tarde”, analiza. “Los salarios que tenemos son inferiores a los que teníamos hace 10 años, sobre todo porque el nivel de vida ha crecido. El incremento que se ha producido en el alquiler y en la compra hacen totalmente privilegiado el acceso”, concreta.

Ante la pregunta, ‘¿Cómo podemos hacer más asequible el acceso a los jóvenes?’, surgen varias respuestas enfocadas en el sector. Sobre todo, ofrecer viviendas a preciso más accesibles. “Si los promotores no tuviesen unos gastos administrativos de unas licencias que se atrasan y tardan mucho en llegar, y que repercuten en el precio de la vivienda final, o adquieren unos suelos a precios muy altos, que también repercuten, tal vez la vivienda podría ser más accesible”, concreta Carolina Gómez.

Para Iván Rodríguez, CEO de Ikasa “hemos oído en todos los programas electorales que había un gran interés en que la Administración pública vaya de la mano con el sector inmobiliario para poner muchas viviendas asequibles en el mercado. Eso puede hacer que los precios se contengan. Porque la demanda de reposición no es infinita, ya está menguando, y lo estamos viendo. Ahora, a lo que hay que tender es a proveer de vivienda a todas esas capas de población que no han podido acceder. Los precios no van a seguir creciendo salvo en micromercados de demanda excesiva y nula oferta”.

La tercera pata de los retos del sector: la industrialización

El proceso de industrialización en la construcción de viviendas es otro de los grandes retos que afronta el sector. Los expertos afirman que la futura mano de obra tendrá otras características y pedirá otras condiciones. Tendrá mucho más que ver con trabajar como en una fábrica, que estar a pie de obra.

“La industrialización en el sector residencial ha venido para quedarse”, afirma José Antonio Tenorio, científico titular de CSIC en el Instituto de Ciencias de la Construcción Eduardo Torroja. “No se concibe una obra no industrializada en el futuro de la construcción de vivienda. Entiendo que a los niveles de prestaciones a los que hay que llegar conforme a las nuevas reglamentaciones y con la escasez de mano de obra de oficios tradicionales, la única salida es hacer industrialización de viviendas”.

Sin embargo, aún queda camino por recorrer. “Existe la tecnología disponible, pero la realidad es que el porcentaje de industrialización es muy bajo porque no hay suficiente industria auxiliar para industrializar nuestro sector. Cuando un sector se industrializa, la sociedad puede pedirle que sea más eficiente en costes, pero para eso tiene que tener una economía de escala, con una industria auxiliar certificada, homologable y que pueda exportar sus productos”, según Fernando Moliner, consejero delegado de Actívitas.

“Un plazo normal de construcción de un edificio de viviendas está en torno a 16-18 meses y un edificio de viviendas con un grado alto de industrialización podría reducir el plazo en más de un 50%. Se pueden hacer edificios viviendas con un alto grado de industrialización incluso en seis meses”, agrega Moliner. “Pero aún no tenemos toda la mejora de costes que debería de suponer la industrialización en el sector de la construcción”.


La Opinión de @CatSeguros By ©® Nyklauss.

En nuestra opinión vemos muy complicado que se produzca una bajada del precio de la vivienda para determinados sectores de la población; toda vez que el sector de la vivienda está absolutamente liberalizado, sin regulación de ningún tipo en lo que a precios se refiere, tanto de compra-venta como de alquiler.

Quizás la tecnología 3D aplicada a la construcción pueda aportarnos esas reducciones en los precios de la vivienda:

… aunque para que está tecnología esté disponible en el mercado, al menos de forma lo suficientemente asequible, falta algún tiempo (¿en torno a unos 5 ñaños?).

En cualquiera de los casos, seguirá siendo una fórmula adecuada el realizar un ahorro previo; así como, una vez comprada o alquilada la vivienda, blindar nuestra inversión particular mediante el seguro más apropiado.


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La bonificación fiscal del alquiler para arrendadores e inquilinos, bajo la lupa del Gobierno. @idealista #Arrendadores #Inquilinos #Sociedad #Gobierno #Consejos #Economia #Finanzas #Noticias @CatSeguros #CatSegurosInforma

La NOTICIA (Enlace al artículo original).

(idealista/news – 03 mayo 2019, 12:07 )

El Gobierno ha confirmado a Bruselas que va a poner en revisión una batería de beneficios fiscales que actualmente se aplican sobre impuestos como el IRPF, el IVA o el Impuesto de Sociedades. Y entre ellos está la bonificación por el alquiler de viviendas que se aplican tanto propietarios como inquilinos en la declaración de la renta.

Según explica el Programa de Estabilidad 2019-2022 que mandó el Ejecutivo de Pedro Sánchez a la Comisión Europea el pasado 30 de abril, documento que además incluye una subida de la previsión fiscal desde el 35,1% actual hasta el 37,3% en 2022, este año se desarrollará un proceso de revisión sobre 13 beneficios fiscales, que el Ministerio de Economía define como “instrumentos de política fiscal que persiguen determinados objetivos económicos y/o sociales, mediante ahorros o mejoras en la renta de personas físicas y jurídicas a través de reducciones en sus cuotas tributarias. Y, por tanto, conllevan una minoración de la recaudación tributaria”.

Por este motivo, el Gobierno insiste en la necesidad de “conocer su efectividad resulta crucial para poder diseñar un sistema tributario que alcance sus objetivos de manera óptima”, y revisará un total de 13 beneficios fiscales cuyo impacto en el gasto público asciende a 57.187 millones de euros. Estos son los incentivos que se van a revisar y el importe que suponen para las arcas públicas, según los cálculos de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF), que será el organismo encargado de hacer esta ‘auditoría’:

Beneficio fiscal Impuesto Gasto (millones €)
Reducción por rendimientos del trabajo IRPF 2.575
Reducción por arrendamiento de vivienda (propietario) y deducción por alquiler (inquilino) IRPF 1.080
Reducción por aportaciones a sistemas de previsión social IRPF 1.630
Tributación conjunta IRPF 2.140
Deducciones por donativos IRPF 500
Deducciones de carácter social (maternidad, familia numerosa, discapacidad) IRPF 4.800
Incentivos a la I+D+i Sociedades 355
Tipos reducidos Sociedades 395
Donaciones Sociedades 127
Tipos reducidos IVA 25.600
Exenciones sociales del artículo 20 de la LIVA: sanidad y educación IVA 9.010
Exención de los servicios financieros IVA 7.040
Tipos reducidos en el Impuesto de Hidrocarburos (gasóleo y gasolina) Imp. Especiales 1.935
TOTAL   57.187

Como se aprecia en la tabla, además de las deducciones por maternidad, familias numerosas, discapacidad, aportaciones a sistemas de previsión social o donativos, uno de los incentivos que está bajo la lupa del Gobierno es la reducción por el alquiler de una vivienda que actualmente pueden aplicarse en la declaración de la renta tanto arrendadores como inquilinos, cuyo impacto en el gasto social es de 1.080 millones de euros. Y es que, aunque estaba previsto que se llevara a cabo un proceso de revisión del gasto público en materia de beneficios fiscales (incluidos los relacionados con la vivienda), lo que no estaba claro era qué tipo de incentivos iban a revisarse. 

Recordemos que el arrendamiento de una vivienda tiene diferentes reducciones, siempre y cuando se cumplan unos criterios, y que el importe varía dependiendo de la CCAA en la que se ubique la casa.

El inquilino, por ejemplo, tiene a su alcance una deducción autonómica en casi todas las regiones (están destinadas principalmente a jóvenes, discapacitados o mayores con determinada renta), además de la deducción estatal siempre que su contrato de arrendamiento sea anterior al 1 de enero de 2015 (a partir de dicha fecha se eliminó), que consiste en un 10,05% las cantidades pagadas en el ejercicio fiscal, siempre que la base imponible del contribuyente sea inferior a 24.020 euros. [Calcula aquí cuánto te puedes desgravar]

En el caso del arrendador, la reducción es del 60%, y se calcula sobre el rendimiento neto positivo que haya obtenido por el alquiler de la casa (para ello, debe deducir a los ingresos obtenidos los gastos relacionados con el inmueble alquilado o hayan sido necesarios para obtener los ingresos). El benficio fiscal está reservado al arrendamiento de una vivienda habitual. [Más información sobre gastos deducibles y cómo no perder la reducción]

Más presión fiscal

El Ejecutivo de Pedro Sánchez confía en la mejora económica y en subidas de impuestos como fórmula para aumentar los ingresos públicos. De hecho, en el Programa de Estabilidad recalca que «la ratio Ingresos/PIB aumenta desde el 38,9% en 2018 hasta el 40,7% en 2022. Este incremento paulatino del peso de los ingresos públicos sobre el PIB responde tanto a la favorable evolución de la economía, que impulsa el crecimiento de las bases imponibles y la recaudación, como a la estrategia del Ejecutivo de incrementar la recaudación agregada con el objetivo de ir acercando los niveles de tributación de España a la media de los países de nuestro entorno».

El objetivo, insiste el documento, «es que quienes disponen de mayor riqueza contribuyan de forma equitativa en un modelo fiscal progresivo, donde cada uno aporte en función su capacidad y reciba en función de su necesidad, preservando a la clase media y trabajadora, que es la que ha soportado con su esfuerzo los momentos más duros de la crisis».

Por ejemplo, y en lo que a subidas de impuestos se refiere, el Gobierno eleva la presión fiscal desde el 35,1% actual hasta el 37,3% en 2022, aunque solo detalla las alzas que ya estaban contempladas en los Presupuestos Generales de 2019, como la limitación de las exenciones en el Impuesto de Sociedades, el incremento del IRPF para las rentas altas, el incremento del Impuesto de Patrimonio, la creación del tributo a las transacciones financieras y a determinados servicios digitales, o las nuevas medidas de lucha contra el fraude fiscal. Entre todas las subidas previstas, el Gobierno prevé ingresar unos 5.654 millones de euros adicionales.

El COMENTARIO de @CatSeguros By ©® Niklauss

Ya decíamos hace unos días que los recursos del Gobierno para hacer frente a las subidas en determinadas ventajas sociales, prometidas por Pedro Sánchez (@sanchezcastejon) en la campaña electoral nacional, iban a tener que salir de algún sitio.

Sea cual sea el partido político que gobierne, al final, el Gobierno de España (como cualquier gobierno de cualquier país) está «sometido» a los dictados de los «Organismo Internacionales».

Dicho de otra forma, los Gobiernos «ya no gobiernan» puesto que han sido establecido otros gobiernos supra-nacionales, por encima de nuestros «gobiernos nacionales (locales)» que son los que les mandan lo que deben de hacer.

Es ésta una de las consecuencias de la #Globalización.

@CatSeguros le propone…:

Pocas formas nos dejan ya los gobiernos, sus leyes y la convivencia en sociedad para poder reducir nuestro «gastos» en pro de uns impuestos que, en principio, deben ser utilizados pa la mejora global del conjunto de la sociedad.

Una de esas formas es apostar por ahorrar en Planes de Pensiones.

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