#Noticias y #Seguros – Fuente #Habitaclia – Boletín 530: ¿Me pueden subir el alquiler sin avisar? – #Alquiler – #Vivienda #SeguroDeHogar #ConsultaConTuCorredor #Aseguradoras #ConsultaConTuMediador #MediadoresDeSeguros #AgentesDeSeguros


Fuente: Habitaclia – Boletín 530

Uno de los mayores temores de los propietarios que tienen alquilada una vivienda es que se produzcan impagos. Es decir, que llegue el momento en que el inquilino no puede hacer frente al pago del alquiler porque se ha quedado sin trabajo o pasa por dificultades económicas. Los propietarios también se sienten perjudicados por el real decreto que prorrogó la subida máxima del 2 % de los alquileres hasta el 31 de diciembre de 2023. Y a esto hay que añadir la futura Ley de Vivienda, que regulará los precios del alquiler.

De ahí que muchos propietarios hayan decidido tomar nuevas decisiones, como por ejemplo, poner a la venta sus inmuebles, pasarse al alquiler vacacional o subir el precio del alquiler dos veces al año. Pero, ¿se puede hacer? El propietario de un inmueble puede subir con total libertad el precio del alquiler? ¿Hay que avisar a los inquilinos? Veamos.

¿Se puede subir el alquiler sin previo aviso al inquilino?

Esta y otras cuestiones relacionadas con precios, incrementos y condiciones están reguladas por la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). Por tanto, para saber si el propietario puede subir el alquiler sin avisar al inquilino hay que acudir a esta legislación vigente. Es cierto que los propietarios pueden subir el alquiler a los inquilinos, pero no siempre y de cualquier forma.

Se puede subir el precio del alquiler al renovar el contrato.

Si las partes se ponen de acuerdo en renovar el contrato de alquiler, el propietario puede aprovechar este momento para subir el precio del arrendamiento. Para hacerlo correctamente hay que renovar el contrato y dejar sin efecto el anterior. En el mismo se indicará claramente el importe de la nueva renta.

Como ves, en este caso el arrendatario no puede subir la renta sin haber llegado a un acuerdo antes con el propietario, lo que lleva implícito el aviso y, por supuesto, la negociación.

El propietario puede subir el alquiler cada año con el IPC.

Otra razón por la que el propietario puede subir el alquiler al inquilino es el aumento del IPC. Es cierto que no se trata de una decisión obligada, pero en la mayor parte de contratos del alquiler el IPC se usa para actualizar las rentas. De este modo, el propietario podrá incrementar el alquiler con el IPC siempre y cuando se haya cumplido un año de contrato. No obstante, hay que tener en cuenta que con el decreto ley del Gobierno, en 2023 el alquiler no podrá subir más de un 2 %. 

Este valor de referencia está indicado en la web del Instituto Nacional de Estadística (INE), aunque también puedes usar la calculadora del organismo. Aquí solo tienes que indicar un periodo y la renta a actualizar y obtendrás la renta actualizada y la tasa de variación. El valor a usar siempre debe ser el de dos meses previos a la actualización y el propietario tiene que avisar al inquilino con una antelación mínima de 30 días.

Pongamos un ejemplo. Para un contrato de alquiler firmado en marzo de 2022, la renta del alquiler podría incrementarse en marzo de 2023, pero con el valor del IPC actualizado dos meses atrás. Para una renta de 500 euros, la tasa de variación sería del 5,9 %, de modo que el nuevo precio del alquiler subiría hasta los 529,50 euros.

Subir el alquiler si se han realizado mejoras en la vivienda.

En caso de que el arrendatario haya realizado obras de mejora, cinco años después de la primera firma del contrato (o siete, si el arrendador es persona jurídica), tendrá derecho a elevar la renta anual en la cantidad que resulte de aplicar el capital invertido en la mejora, el tipo de interés legal del dinero en el momento en que se terminaron las obras en tres puntos. El incremento, en todo caso, no puede exceder el 20 % de la renta vigente en ese momento. 

A la hora de realizar el cálculo, eso sí, será imprescindible descontar las subvenciones públicas que se hayan obtenido para realizar la obra de mejora en cuestión.

¿Cuándo no puede incrementarse el precio del alquiler?

Del mismo modo que la LAU contempla aquellos casos en los que sí puede incrementarse el precio del alquiler, incluye algunos supuestos en los que esto no es posible. Veamos cuáles son.

Cuando el contrato de alquiler no contemple que se incrementará el alquiler.

Si en el contrato firmado por inquilino y propietario no existe ninguna cláusula en la que se indique que la renta del alquiler se incrementará, en ningún caso podrá hacerse. Si se especifica que puede subirse, pero no se indica el índice que debe emplearse, se entenderá que debe usarse por defecto el Índice de Garantía de Competitividad (IGC). Sea como sea, el incremento que se aplique nunca puede superar el valor del IPC.

Cuando el propietario no ha avisado al inquilino con al menos 30 días de antelación.

Otra causa por la que puede tumbarse el incremento de una renta del alquiler tiene que ver, precisamente, con el hecho de que no se haya avisado al inquilino con al menos 30 días de antelación. El propietario de la vivienda tiene que hacerlo por escrito, siempre y cuando la posibilidad de la subida se contemple en el contrato de arrendamiento.

Si el propietario no ha hecho ninguna obra de mejora en la vivienda.

Te hemos indicado anteriormente que si el propietario ha realizado obras de mejora en la vivienda, tendrá derecho a incrementar el precio del alquiler, sin superar nunca el 20 % la renta actual. Si estas obras no se hecho, lógicamente, no habrá nada que justifique subir el alquiler.

En resumen, como ves, avisar al inquilino en caso de querer subir el alquiler es imprescindible, con al menos 30 días de antelación y por escrito. Además, en caso de que ambas partes quieran renovar el contrato, también será precisa y conveniente la negociación.


FUENTE: Habitaclia.

Información recopilada por Niklauss.


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#Noticias y #Seguros – Fuente #Habitaclia – Boletín 529: ¿Quién paga las reparaciones en un piso de alquiler? – #Reparaciones #Compra #Alquiler – #Vivienda #SeguroDeHogar #ConsultaConTuCorredor #Aseguradoras #ConsultaConTuMediador #MediadoresDeSeguros #AgentesDeSeguros


Fuente: Habitaclia – Boletín 529

Las reparaciones en un piso de alquiler tienen que hacerse, como en cualquier otra vivienda con el paso del tiempo. Solo que en este caso, la controversia sobre quién tiene que hacerse cargo de qué está servida en bandeja. ¿Es el inquilino o el propietario el que tiene que ocuparse de los gastos de las reparaciones?

¿Si la avería está en un electrodoméstico que adquirió el arrendatario, también tiene que pagarla el propietario? ¿Y si las reparaciones tienen que hacerse porque el inquilino ha roto algo queriendo o sin querer? Veamos qué dice la legislación vigente con respecto a las reparaciones en un piso de alquiler.

Reparaciones en un piso de alquiler, ¿quién se hace cargo?

Es imprescindible que el propietario esté informado de cualquier cosa que suceda en el inmueble, especialmente si se trata de un incidente o una avería. Así pues, si eres inquilino, lo más prudente es que una vez que ocurra algo (se estropee la persiana, la lavadora o la campana extractora de la cocina) se lo comuniques lo antes posible al propietario, especificándole además la causa del problema.

En cualquier caso, para saber qué hacer en este tipo de casos es importante que acudamos a la legislación vigente, que en este caso se trata de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). En su artículo 21 reza lo siguiente:

Artículo 21. Conservación de la vivienda.

El arrendador está obligado a realizar, sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar la vivienda en las condiciones de habitabilidad para servir al uso convenido, salvo cuando el deterioro de cuya reparación se trate sea imputable al arrendatario a tenor de lo dispuesto en los artículos 1.563 y 1.564 del Código Civil. 

    Por tanto, ahí ya tenemos una primera respuesta a la pregunta sobre quién tiene que hacerse cargo de las reparaciones en un piso de alquiler: el arrendador o propietario. De hecho, este extremo debe incluirse en el contrato de arrendamiento que firmen inquilino y propietario.

    ¿Y si la avería o destrozo se ha producido por un mal uso del inquilino?

    A veces sucede. Es posible que el inquilino haya hecho un mal uso de algún mecanismo, equipo o electrodoméstico de la vivienda. ¿En ese caso también es el propietario el que debe hacerse cargo de la reparación? Pues no. Si se demuestra que la avería la ha causado el inquilino, ya sea por un mal uso o por mala fe, será este último el que tenga que responsabilizarse de la reparación o reposición del equipoEsta cláusula debe indicarse claramente en el contrato de alquiler, a ser posible incluyendo un inventario de los electrodomésticos o equipos que se encuentren en la vivienda en el momento de formalizar el contrato de alquiler.

    ¿Quién se hace cargo del mantenimiento habitual de la vivienda?

    Del mismo modo que en las anteriores casuísticas, la responsabilidad sobre el mantenimiento habitual de la vivienda también deberá quedar recogida en el contrato de alquiler. No obstante, conviene tener en cuenta que lo más común es que sea el inquilino el que se haga responsable del mantenimiento habitual de la vivienda. Nos referimos, por ejemplo, al cambio de bombillas fundidas, lámparas, persianas, etcétera. No tendría mucho sentido que llamáramos al propietario cada vez que una lámpara se estropea. Al final también es cuestión de practicidad.

    Las averías en electrodomésticos: un problema muy común.

    Si el propietario alquila el inmueble con electrodomésticos, será este el que deba hacerse cargo de las reparaciones y posibles averías. No obstante, a veces confluyen otros factores, como el hecho de que el electrodoméstico sea demasiado viejo y necesite ser renovado por uno de más eficiente o que el inquilino haya hecho un mal uso (sobrecargando la lavadora, por ejemplo). Para este tipo de contratiempos (y muchos otros, que también pueden producirse) es interesante contar con un seguro de la vivienda, porque será el perito del mismo el que determinará la causa de la avería y ofrecerá posibles soluciones.

    Contar con un seguro: la solución más recomendable.

    Para evitar sustos de cualquier índole y poder hacer frente a todos los contratiempos que se produzcan en pisos de alquiler es muy importante tener un seguro. Los seguros del alquiler, además de ser una garantía para hacer frente a averías y desperfectos, pueden garantizar el pago de las rentas a los propietariosen caso de que el inquilino no acuda al pago de la cuota mensual del piso por la razón que sea.


    FUENTE: Habitaclia.

    Información recopilada por Niklauss.


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    #Noticias y #Seguros – Fuente #Habitaclia – Boletín 502: ¿Cómo se calcula el valor de una vivienda? – #Compra #Alquiler – #Vivienda #SeguroDeHogar #ConsultaConTuCorredor #Aseguradoras #ConsultaConTuMediador #MediadoresDeSeguros #AgentesDeSeguros


    Es lógico que en algún momento de tu vida (y especialmente ahora, después de haber pasado tanto tiempo en casa) te des cuenta de que la casa o el piso en el que vives no cubre tus necesidades¿Quizá te haga falta una habitación para teletrabajar? ¿Una terraza para tomar el aire? ¿Tal vez necesites conectar de nuevo con la naturaleza fuera de la gran ciudad?

    Si has decidido emprender la aventura de encontrar un nuevo hogar, seguramente necesites vender el piso en el que vives ahora mismo. Y en este caso, lo más lógico es que te preguntes cuánto cuesta tu casa y por cuánto puedes venderla. Para ello, la herramienta fundamental es la tasación.

    Bueno, debes saber que hay distintas formas de calcular el valor de una vivienda. Es la mejor manera de fijar el precio más adecuado a la hora de venderla. La tasación comparativa es la opción más idónea y objetiva.

    ¿Cómo se calcula el valor de una vivienda?

    Cómo saber por cuánto puedes vender tu casa.

    La manera más idónea de calcular cuánto cuesta un inmueble es a través de la tasación comparativa. ¿Cómo se hace esto? Pues valorando la propiedad y comparándola con otras seis propiedades similares. De este modo conocerás el valor del mercado y obtendrás el precio de venta de tu casa. 

    Pero alto ahí, antes tendrás que hacer un buen análisis de la vivienda. ¿En qué barrio se encuentra? ¿Tienes muchos servicios cerca? ¿Cuál el estado de la misma? Pero vayamos por partes.

    1. La localización.

    Es fundamental que antes de tasar la vivienda, se tenga en cuenta la localización. ¿Está situada la vivienda en una capital de provincia o en un pueblo pequeño, a muchos kilómetros de una gran ciudad? Las diferencias de precio pueden ser más que relevantes. Y es que es lógico que una vivienda de 80 metros cuadrados con dos dormitorios, salón, cocina y cuarto de baño no cueste lo mismo en Madrid capital que si está situada en las afueras.

    Sobre el lugar en el que está ubicada la vivienda, además, hay que tener en cuenta el número de habitantes, los servicios que hay cerca (colegios, hospitales, centros de salud, farmacias, bibliotecas, parques y jardines, supermercados, etcétera), la comunicación y las conexiones con el transporte público (metro, autobús, tren) y la actividad de la zona (bares, tiendas, restaurantes, espacios de ocio, entornos naturales…).

    2. El estado de la vivienda.

    A continuación, lo que hay que hacer es analizar la vivienda que estamos pensando en vender, teniendo en cuenta las características y el estado, tanto de la vivienda como del edificio en el que se encuentra ubicada. Empecemos por la situación del inmueble: ¿tiene zonas comunes? Ahora mismo, y especialmente tras la pandemia, valoramos que las urbanizaciones tengan espacios como piscina, gimnasio, sauna, jardines o patios. Ahí tienes un plus clave para tener en cuenta en los cálculos. Luego hay que tener en cuenta otras cuestiones, como la accesibilidad. ¿Tiene ascensor? ¿Se trata de un edificio histórico? ¿Tiene garaje, trastero, un gran portal?

    En cuanto a la vivienda en sí, deberemos tener en cuenta las dimensiones y los materiales de construcción empleados, así como la distribución. Porque no valdrá lo mismo un ático diáfano que una vivienda que tenga habilitadas varias habitaciones para usos múltiples (trabajo, juego, deporte…).

    El siguiente factor más importante a la hora de valorar el inmueble es el año de construcción, pero también si en los últimos años ha experimentado una reforma integral. Cuanto mejores y más nuevos sean los materiales, más segura será la casa y, por tanto, más valor tendrá. Por último, deberemos analizar bien la orientación: ¿la vivienda da al patio? ¿Es completamente exterior? La altura también te dará pistas sobre su valor: a mayor altura, mejores vistas.

    ¿Cómo se calcula el valor de una vivienda?

    3. Compara con otras viviendas similares a la venta.

    Cuando hayas analizado todas estas características, habrá llegado el momento de comparar. Te recomendamos entrar en un portal inmobiliario como habitaclia para buscar viviendas similares en la misma zona y averiguar qué precio tienen. Verás que con el buscador es muy fácil filtrar y localizar viviendas en tu mismo barrio, con las mismas características que la tuya. De este modo, te harás una idea y podrás calcular el precio aproximado por el que puedes vender tu casa. 

    4. Conoce el valor catastral.

    El valor catastral es una referencia muy importante, que puedes obtener en el Catastro. Se trata del valor que se asigna a un inmueble de acuerdo con distintos parámetros, como el valor de la construcción, el suelo sobre el que está edificado y otros muchos criterios, relacionados con la normativa que establece cada municipio. Si quieres este dato solo tendrás que acudir a la sede del Catastro municipal y revisar el recibo del IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles). No obstante, ten en cuenta que desde el 1 de enero de 2022, el valor de referencia del Catastro se calcula en base al precio de la compraventa real de las viviendas.

    5. Por último, consulta con un experto para calcular el valor de tu vivienda.

    Está bien que hagas estos cálculos por ti mismo, pero en cualquier caso, siempre es mejor y más eficaz acudir a un experto. Arquitectos, ingenieros y expertos en la industria inmobiliaria son los profesionales más indicados para calcular el valor de tu vivienda. Es la manera de no correr el riesgo de obviar muchos elementos que son importantes, como la situación económica del país o de la comunidad autónoma.


    FUENTE: Habitaclia.

    Información recopilada por Niklauss.


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    #Noticias y #Seguros – Fuente #Habitaclia – Boletín 469: «Bueno, bonito y barato: cómo decorar un piso de alquiler sin gastar demasiado» – #Alquiler #ViviendaDeAlquiler #SeguroDeHogar #ConsultaConTuCorredor #Aseguradoras #ConsultaConTuMediador #MediadoresDeSeguros #AgentesDeSeguros


    Para decorar un piso y dejarlo bonito no hace falta gastar demasiado. Seguramente sea esto lo que necesitas para tu vivienda de alquiler, ya sea porque la tienes en propiedad o porque la acabas de arrendar. Está claro que gastarte un dineral en decoración no te sale a cuenta, de modo que lo que hoy te proponemos es una selección de trucos e ideas prácticas para conseguir una decoración de diez, aunque sea low cost. ¿Nos ponemos manos a la obra?

    1. Plantas y flores.

    Las plantas y las flores siempre son un recurso poderosísimo para dar vida y alegría a cualquier vivienda. Encima no son caras. Te animamos a decantarte por las plantas naturales, puesto que son perfectas para todos los rincones de tu hogar. ¿Que no se te da bien cuidar plantas? Tienes muchas opciones. Hay plantas súper resistentes, como el potus o la sansevieira. Pero tienes muchas otras que no requieren tantos cuidados. Otra opción son las plantas artificiales o preservadas. Hoy puedes encontrar flores decorativas hechas con materiales de calidad.

    2. Mobiliario reciclado.

    ¿Has heredado un piso antiguo y todavía conserva los muebles de tus abuelos? Tanto si quieres alquilar la vivienda, como si tienes previsto quedarte a vivir en ella, puedes aprovechar el mobiliario. Puedes decapar los muebles, lijarlos, barnizarlos o pintarlos con productos especiales. Otra opción, seguramente más sencilla, es la de sustituir los antiguos tiradores por otros de nuevos o elegir papeles pintados para cajones o puertas de armarios. Verás que con muy poco dinero consigues unos resultados espectaculares. ¡Y sin gastar un céntimo en muebles nuevos!

    3. Guirnaldas de luz.

    Le solemos prestar poca importancia (o menos de la que deberíamos), pero la iluminación es fundamental en una vivienda. Lo primero que tendremos que hacer si queremos ahorrar en la factura de la luz es instalar bombillas LED y desechar las tradicionales. Pero esto no es todo. ¿Sabías que hay maneras muy económicas de decorar con luces? Las guirnaldas de luces LED apenas gastan y pueden añadir un toque muy especial a cada rincón de la vivienda.

    4. Láminas y otros objetos decorativos.

    Sigamos con otras opciones decorativas económicas. Las láminas decorativas son una solución estupenda para aquellos que quieren decorar su casa con arte. Porque con una mínima inversión pueden llevar a su salón, estudio o dormitorio las obras más célebres de la historia del arte. También puedes colgar carteles de películas o de conciertos. Si prefieres decantarte por otros objetos decorativos, debes saber que en tiendas como IKEA o SKLUM puedes encontrar todo tipo de artículos económicos, que te permitirán darle un toque diferente a tu casa sin tener que gastar demasiado.

    5. El poder de los tejidos.

    Los tejidos tienen magníficos súper poderes. En realidad, para darle un aire nuevo a un salón basta con cambiar las fundas de los cojines. Es una buena manera de aportar un toque de color al espacio. Puedes combinarlo con una alfombra o unas cortinas. Y lo mismo puedes seguir haciendo en el resto de estancias. Una colcha bonita y unos cojines en el dormitorio pueden darle un giro de 180 grados a la vivienda. Y no hace falta que sean muy caros. Pásate por la sección de textiles de cualquier gran superficie para hacerlo realidad.


    FUENTE: Habitaclia.

    Información recopilada por Niklauss.


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    #Noticias y #Seguros – #Habitaclia: «Casas prefabricadas que puedes comprar por menos de 50.000 euros» – #CasasPrefabricadas #SeguroDeHogar #ConsultaConTuCorredor #Aseguradoras #ConsultaConTuMediador #MediadoresDeSeguros #AgentesDeSeguros


    Las construcciones convencionales tienen hoy una alternativa: las casas prefabricadas. En los últimos años se han convertido en tendencia y la pandemia también ha contribuido, puesto que son muchas las personas que buscan satisfacer sus nuevas necesidades habitacionales.

    Pero ojo, que elegir casa prefabricada no es fácil. Lo decimos porque actualmente ya podemos encontrar una amplísima oferta, que se distingue por los acabados, los materiales y las distintas opciones de personalización. Y estas son justamente las características que condicionan el precio de las casas prefabricadas. Según sus características, el valor de las viviendas será más o menos elevado.

    De hecho, es el precio (entre otras cosas) el que hace las casas prefabricadas interesantes. Además de ahorrar en dinero, los que se deciden por este modelo de casa también cortan tiempos, ya que las piezas modulares permiten avanzar mucho más rápido en el proceso de construcción, que si la vivienda se levantara de cero mediante materiales y técnicas tradicionales.

    Pero, ¿qué tipo de casas prefabricadas podemos encontrar en el mercado? ¿Cuáles son las más baratas?

    Modelo Palmako Sandra en Jardinitis

    • Superficie de 25 m2 y 11 m2 de terraza
    • Desde 10.315 € + IVA
    • Tiene todo lo indispensable para vivir y es suficiente, si no tienes demasiados caprichos. Está bien protegida y cuenta con ventanas con doble acristalamiento. Es la más barata de todas.

    Modelo Heidi de DAYPE

    • Superficie de 43 m2
    • Desde 21.995 € + IVA
    • Es una de las más económicas del mercado, de madera. Cuenta con dos dormitorios, cuarto de baño y salón con cocina. Sus enormes cristaleras son una preciosidad.

    Modelo Alicante de DAYPE

    • Superficie de 45 m2
    • Desde 23.500 € + IVA
    • Es un poco más grande que las anteriores, de modo que también es más cara. Tiene todo lo que puedes necesitar para el día a día: dos dormitorios, baño y salón-cocina.

    Modelo Duna de Alucasa

    • Superficie de 26,4 m2
    • Desde 28.441€ + IVA
    • Si buscas una casa con estancias más amplias que en los casos anteriores, esta casa te encantará. Aunque solo tiene un dormitorio. Cuenta con salón, cocina y cuarto de baño.

    Modelo 104 de Norge Hus

    • Superficie de 104 m2
    • Desde 40.000 € + IVA
    • Se trata de una de las casas prefabricadas con mejor relación calidad-precio: con unas dimensiones que superan por poco los 100 metros cuadrados, las estancias son más espaciosas, a pesar de tener un solo dormitorio.

    Modelo 107 de Norge Hus

    • Superficie de 107 m2
    • Desde 39.900 € + IVA
    • Esta es una casa con tres dormitorios y tiene más de 100 metros cuadrados. Consta de parte superior, para acceder a la terraza, además de un balcón, un poco más resguardado, en la planta baja.

    Modelo 141 de Norge Hus

    • Superficie de 141 m2
    • Desde 47.200 € + IVA
    • Es una de las más espaciosas de este ranking. Cuenta con cuatro dormitorios, dos baños, cocina y salón. Es como vivir en un gran chalet, pero sin gastar tanto.

    Modelo DENIA de Alucasa

    • Superficie de 39,6 m2
    • Desde 44.786€ + IVA
    • Es una delicia de vivienda que mira siempre hacia el exterior. Cuenta con un salón comedor bastante amplio, grandes ventanales, cocina, dos dormitorios y un baño.

    Modelo Vitoria de DAYPE

    • Superficie de 68 m2 y 34 m2 de terraza
    • Desde 47.900 € + IVA.
    • No alcanza los 50.000 euros, pero es una casa preciosa. ¿Quién lo iba a decir? Cuenta con dos dormitorios, baño y salón con cocina. Sus ventanales te harán sentir como si estuvieras en una casa de película.

    Modelo Marta de DAYPE

    • Superficie de 93 m2
    • Desde 49.990€ + IVA
    • El último modelo que te proponemos llega casi a los 50.000 euros, pero verás por qué. Tiene hasta seis dormitorios, salón-comedor, cocina y dos cuartos de baño. Es encantadora, por fuera y por dentro.

    ¿Qué gastos hay que añadir al precio de las casas prefabricadas?

    Es cierto que el precio de las casas prefabricadas puede parecer muy asequible y es así. Sin embargo, conviene tener en cuenta que a este coste hay que añadir algunos gastos que no están incluidos. Por eso siempre es importante consultar qué va incluido con el precio a la empresa constructora y, por supuesto, tener en cuenta todos los añadidos:

    • El precio de la parcela
    • El proyecto de instalación
    • La conexión a los suministros
    • Los impuestos correspondientes
    • Transporte y montaje

    En cualquier caso, está claro que las casas prefabricadas pueden suponer una excelente alternativa a las construcciones tradicionales, abaratando notablemente los costes, por muchos añadidos que finalmente tengamos que incluir al precio final


    FUENTE: Estilo de vida · Por habitaclia · 12 de julio, 2021.

    Habitaclia Boletín 441.

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    #Noticias y #Seguros – #Habitaclia – Boletín 432: «¿Qué es el cohousing?» – #Cohousing #Alquiler #CasasDeCampo #Reciclaje #Piscinas #Herencias #SeguroDeHogar #ConsultaConTuCorredor #Aseguradoras #ConsultaConTuMediador #MediadoresDeSeguros #AgentesDeSeguros


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    FUENTE: Habitaclia.

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    #Noticias y #Seguros – #Habitaclia – Boletín 425: «¿Estoy obligado a contratar un seguro con mi hipoteca?» – #Hipoteca #SeguroDeHogar #ConsultaConTuCorredor #Aseguradoras #ConsultaConTuMediador #MediadoresDeSeguros #AgentesDeSeguros


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    FUENTE: Habitaclia.

    Noticias recopiladas por Niklauss.


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    #Noticias y #Seguros – #Habitaclia: «¿Qué es una casa Passivhaus?» – #CasasPassivhaus #SegurosDeImpago #Morosidad #CasasTipicasEnLaMontaña #Alquiler #SeguroDeHogar #ConsultaConTuCorredor #Aseguradoras #ConsultaConTuMediador #MediadoresDeSeguros #AgentesDeSeguros


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    FUENTE: Habitaclia.

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    #Noticias y #Seguros – #Habitaclia: «Cinco cosas a tener en cuenta antes de elegir una casa prefabricada» – #CasasPrefabricadas #ProteccionJuridica #SeguroDeHogar #ConsultaConTuCorredor #Aseguradoras #ConsultaConTuMediador #MediadoresDeSeguros #AgentesDeSeguros


    1. Tipos de casas y materiales.

    Ya sabes que las casas prefabricadas son viviendas modulares, que se construyen a partir de diferentes piezas o secciones que salen tal cual de fábrica. La ventaja de este producto es que nos ahorra, a clientes y constructores, una parte muy importante de mano de obra que no tiene que efectuarse de manera tan minuciosa en el propio terreno. En realidad basta con instalarla y ensamblarla en la parcela o terreno elegido para este fin.

    Es importante que sepas que las posibilidades son múltiples, en la medida que existe una gran variedad de materiales y formatos. Muchas casas prefabricadas son de madera, un material más barato, pero también las hay de hormigón o acero. Estas últimas ofrecen más garantías y posibilidades a la hora de pensar en reformas de futuro. En cualquier caso, debes saber que todas ellas cumplen con los estándares de calidad y seguridad, pero hay que estar atento a la eficiencia. Algunos materiales nos ofrecen estándares más elevados de sostenibilidad y, por tanto, terminan siendo opciones más interesantes y recomendables en el largo plazo.

    A la hora de elegir, además, conviene guiarse por las necesidades personales y familiares de cada uno. Las soluciones son infinitas, de modo que hay que estudiar muy bien la estructura (una planta, dos, tres), la disponibilidad de habitaciones, espacios abiertos al aire libre, domótica, etcétera.

    2. ¿Cómo debe ser el terreno?

    Como siempre sucede, en términos de construcción es importante tener toda la documentación y permisos necesarios antes de comenzar. Normalmente, las empresas que se dedican a la construcción de casas prefabricadas suelen encargarse de todo, de modo que no deberías tener mayores quebraderos de cabeza. Debes saber, eso sí, que lo que necesitarás, en primer lugar, es contar con un terreno urbanizable. En caso de que quieras instalar una casa prefabricada en un terreno rústico, será preciso realizar las consultas a los órganos pertinentes y, a partir de ahí, operar. Y es que dependiendo de la comunidad autónoma puedes encontrarte con algunos obstáculos, como es natural.

    El arquitecto municipal será quien te ofrezca (a ti o a la empresa que elijas) la información precisa sobre las características y compatibilidad del terreno con la construcción de la casa, en este caso prefabricada. Aquí es importante tener en cuenta parámetros como la cantidad de metros que se pueden edificar, las alturas y cualquier otro tipo de exigencia a nivel municipal y de ordenanzas. Ahí es importante que cuentes con un buen equipo de arquitectos que te ayude a salvar las diferencias y a tomar las decisiones más acertadas tanto al inicio como a medida que se avanza en el proyecto. Porque no todo vale en este sentido.

    3. Impuestos a pagar.

    Una vez elegido el terreno y comprobadas todas las características y limitaciones, habrá que ir pensando en impuestos. Lo más habitual es que se solicite el pago de la correspondiente licencia urbanística (que habitualmente oscila entre el 0,5 % y el 2 % del coste de la vivienda) y el impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras (de alrededor un 4 % del valor total de la vivienda). Aunque se trate de una casa prefabricada, también tendrás que solicitar la preceptiva cédula de habitabilidad y la licencia de primera ocupación. El coste de cada uno de estos trámites dependerá de lo establecido por cada comunidad autónoma.

    4. La orientación.

    La orientación de la vivienda es un aspecto clave a la hora de pensar en la construcción. Los profesionales que participen en el proyecto te ayudarán. No obstante, el planteamiento final dependerá, en gran medida, de las condiciones del terreno, las características del entorno y los aspectos legales, que siempre resultan determinantes a la hora de tomar una vía u otra. En este punto es importante, además de los ángulos de incidencia solar, tener en cuenta los factores climatológicos y medioambientales de la zona, puesto que no es lo mismo construirla en un clima frío, que hacerlo en uno templado o más caluroso.

    5. El precio.

    Nos detenemos finalmente en la cuestión del precio, que no por tratarla en último lugar tiene menos importancia. Nada más lejos de la realidad. Nuestra recomendación es que a la hora de decantarse por una empresa u otra para construir nuestra casa prefabricada, estudiemos las múltiples opciones que hay en el mercado. Conviene tener en cuenta que hay tipologías de viviendas muy distintas (ya te hemos comentado algo acerca de los materiales) y que también podemos encontrar distintas gamas de casas prefabricadas. En cualquier caso, es de vital importancia informarse desde el principio acerca de los costes, proyectos, permisos y demás cuestiones, para que no quede ningún fleco suelto y no nos llevemos sorpresas desagradables en el futuro.

    La mayor parte de empresas ofrecen proyectos llave en mano, lo que incluye proyecto, permisos, adecuación del terreno, construcción o instalaciones. De hecho, algunas incluso ofrecen financiación. Con todo, abre bien los ojos, busca opiniones y asegúrate de que la opción final es la que realmente te convence. Tanto a ti como a tu bolsillo.

    FUENTE: Habitaclia.

    Noticias recopiladas por Niklauss.


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    #Noticias y #Seguros – Qué hacer si entran a robar en nuestra casa – #Robo #Hurto #Hogar #SeguroDeHogar #Arag #Consejos



    Cuando nos vamos de vacaciones o de fin de semana nos exponemos a que los ladrones entren a robar en nuestra vivienda. Llegar a casa y encontrar todas nuestras cosas revueltas nos puede causar una sensación muy desagradable, por eso es mejor saber de antemano cómo actuar ante este tipo de situaciones. Será la mejor manera para lograr que las pérdidas económicas y los daños a nuestras pertinencias sean los mínimos posibles.

    Aunque la ley no obligue, es aconsejable contratar un seguro del hogar que cubra el robo en tu casa. De este modo, estarás más protegido.


    Pasos a seguir si te han robado en casa.

    Una vez se ha producido el robo es muy importante que sigas estos pasos:

    Llama a la policía.

    Si al llegar a tu casa te das cuenta de que la puerta está abierta, la cerradura está forzada o una ventana está rota, llama inmediatamente a la policía. Es muy importante que los agentes puedan acudir a tu vivienda lo antes posible y levanten el atestado correspondiente. Éste será el instrumento oficial en el que constarán las diligencias practicadas para averiguar y comprobar el hecho delictivo.

    ¡No toques nada!.

    Aunque encuentres tu vivienda desordenada, no muevas, cojas, coloques ni limpies nada. Esto es esencial, porque así los policías podrán tomar las correspondientes huellas y localizar pistas. ¡No hagas nada que pueda interferir en su trabajo de investigación!

    Haz un listado de los objetos robados.

    Revisa todos los rincones de tu casa y elabora una lista detallada de todas las cosas que te hayan robado: dinero, tarjetas de crédito, joyas, electrodomésticos, documentación, cuadros… Además, es importante hacer una descripción de los daños sufridos para perpetrar el delito.

    Recaba pruebas de los objetos robados y contacta con tu aseguradora.

    Localiza todas las facturas, fotografías y documentos vinculados al material sustraído. Ten en cuenta que toda esta información puede ser de gran utilidad, no solo para intentar localizar lo robado, sino también de cara a la declaración del siniestro. Debes realizar este trámite con tu compañía aseguradora, en caso de tener una póliza que dé cobertura a este tipo de incidentes, en un plazo máximo de 7 días.

    Denuncia el robo.

    Sobre todo, no olvides denunciar el robo ante una comisaría. Además, vas a necesitar una copia para poder mandarla a la aseguradora y así cobrar del seguro. Recuerda que la cantidad que vas a percibir dependerá de los límites indemnizatorios que tengas pactados en las condiciones de tu contrato de seguro.


    ¡A tener en cuenta! Diferencia entre robo y hurto.

    Muchas veces los términos “robo” y “hurto” se utilizan como sinónimos pero, ¡ojo! no significan lo mismo y no tendrán las mismas consecuencias en caso de que entren a robar en nuestra casa.

    Aunque en los dos casos se trata de delitos contra la propiedad que consisten en apropiarse de un bien ajeno con ánimo de lucrarse, cuando se comete un robo el autor ejerce fuerza en las cosas o violencia e intimidación sobre las personas. En el hurto, en cambio, no se emplea la violencia ni la fuerza.

    Por lo tanto, estamos ante un robo cuando han roto una ventana de tu vivienda para entrar en tu casa y poder llevarse tus pertenencias. En cambio, si te dejas la puerta abierta y acceden a tu casa estaríamos ante un hurto.

    Entonces, ¿por qué es importante conocer la diferencia entre el robo y el hurto? Porque es habitual que los contratos de seguros del hogar ofrezcan cobertura al robo, responsabilizándose también de los desperfectos o las pérdidas económicas ocasionadas por este, y asumiendo la reparación de los daños sufridos. En cambio, las compañías de seguros no suelen cubrir el hurto, por entender que ha habido una negligencia o un descuido por parte del asegurado.


    Fuente: https://twitter.com/ARAG_Es/status/1338891865052094464?s=20


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